ORDENANZA Nº 1.351
VISTO:
La sanción de la Ley Nº 12.385, sus modificatorias y Decretos Reglamentarios; y
CONSIDERANDO:
Que por dicha Ley, el Gobierno de la Provincia de Santa Fe crea el Fondo para la Construcción de Obras y Adquisición de Maquinarias, en Municipios de Segunda Categoría y Comunas que no se encuentren incluidas en el Fondo de emergencia Social, Ley Nº 12.443;
Que nuestra localidad se encuentra comprendida en los alcances del Fondo;
Que la Municipalidad de El Trébol ha evaluado la posibilidad de construir dársenas de estacionamiento en lugares estratégicos de la ciudad donde hay gran afluencia de vecinos tales como el Club Atlético El Expreso y Club Atlético Trebolense;
Que la adquisición citada en el párrafo precedente se encuentra comprendida entre las que son financiables por el Fondo, por lo que se estima pertinente la solicitud de financiamiento de la misma con fondos correspondientes al Período 2021;
Que los Sres. Concejales, compartiendo los argumentos expuestos, expresan en forma unánime su conformidad a la propuesta;
Por todo ello, el H. Concejo Municipal de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: Solicítase al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe, en el marco de la Nº Ley 12.385, sus modificatorias y Decretos Reglamentarios, el aporte de $ 6.893.582.- (pesos seis millones ochocientos noventa y tres mil quinientos ochenta y dos) en concepto de Fondos No Reintegrables correspondientes al Período 2021, para destinar a financiar parcialmente la adquisición de materiales, mano de obra y equipos para la obra Dársenas de Estacionamiento.
ARTÍCULO 2°: Facúltase a la Intendente de la Municipalidad de El Trébol, Sra. Natalia Paola Sánchez, D.N.I. Nº 27.744.498, a gestionar los fondos citados y convenir, a gestionar los fondos citados y convenir con el Gobierno Provincial el financiamiento parcial de la ejecución de la obra mencionada en el Artículo precedente y cuya concreción se aprueba en este acto, por un monto de $ 6.893.582.- (pesos seis millones ochocientos noventa y tres mil quinientos ochenta y dos).-
ARTÍCULO 3º: Autorízase a la Sra. Intendente Municipal paraqué mediante la Secretaría de Hacienda y Finanzas Públicas del Municipio adecúe las modificaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la presente.-
ARTÍCULO 4°: Comuníquese, promúlguese, publíquese y dese al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los veintinueve días del mes de marzo del año dos mil veintidós.-