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PRÓRROGA DE VIGENCIA ORDENANZA Nº 1.263 DESDE 01/06 AL 31/12/2021- EMERGENCIA SANITARIA


ORDENANZA Nº 1.324

VISTO:

           Las Ordenanzas Nº 1.263 y Nº 1.274; y

CONSIDERANDO:

Que la Ordenanza Nº 1.263 declara el Estado de Necesidad Pública en Materia Social, Alimentaria, de las Contrataciones Públicas, Económica, Financiera y de Seguridad en la ciudad de El Trébol, con vencimiento al 31/07/2020 y la Ordenanza Nº 1274 prorroga dicho vencimiento al 31/12/2020;

Que  se encuentran vigentes los Decretos tanto Nacionales como Provinciales que hacen referencia a la declaración de Emergencia Económica y Sanitaria en relación al COVID-19, proclamado como pandemia por la Organización Mundial de la Salud;

Que, si bien durante los meses de enero, febrero y marzo de 2021 se produjo un ostensible descenso de casos de COVID-19, en la actualidad la situación de la ciudad de El Trébol no escapa al contexto general y se mantienen las condiciones de emergencia sanitaria que dieron origen en su momento a la declaración del Estado de Necesidad Pública;

Que todos los indicadores permiten suponer que este escenario de  emergencia sanitaria seguirá en lo que resta del año en curso, debiéndose profundizar las políticas públicas;

Que los Sres. Concejales en forma unánime expresan su conformidad para acceder a lo solicitado, considerando establecer que el Departamento Ejecutivo Municipal elabore un informe sobre ingresos y egresos al 31/10/2021;

Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de El Trébol, en uso de las atribuciones que le otorga la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: Prorrógase la vigencia de la Ordenanza Nº 1.263 de fecha 13/04/2020, desde el 01 de junio de 2021 y hasta el 31 de diciembre de 2021, manteniendo en particular el Estado de Necesidad Pública en Materia Social, Alimentaria y Sanitaria.  El Departamento Ejecutivo Municipal podrá darlo por concluido total o parcialmente antes de esa fecha, si considera superados los hechos que dan lugar a la declaración, por acto expreso y fundado comunicado al Honorable Concejo Municipal.

ARTICULO 2ºEstablécese que el Departamento Ejecutivo Municipal elabore un informe detallado de los ingresos percibidos como aportes del Gobierno Provincial y Nacional en el marco de la Pandemia del COVID 19 y sus respectivas erogaciones. Este informe se deberá presentar en el Concejo Municipal el día 31 de octubre de 2021.-

ARTICULO 3º:  Comuníquese, promúlguese, publíquese y dese al Registro Municipal.-

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los tres días del mes de junio del año dos mil veintiuno.-