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Modificación Ordenanza Nº 712 Artículo 54


ORDENANZA Nº 973

VISTO:

La nota presentada por prestadores del servicio taxis en nuestra ciudad, solicitando una actualización del valor de las tarifas; y

CONSIDERANDO:

Que la Ordenanza Nº 712 de fecha 29.05.08, T.O., se constituye en el marco legal para la prestación del servicio en nuestra ciudad;

Que en el Título X “De las Tarifas”, Artículo 54, Inc. a) de la citada norma se establece un costo de $. 7,00 (Pesos siete) para la bajada de bandera y un valor de $. 0,35 (Pesos treinta y cinco ctvos.) por cada 100 m. de recorrido;

Que los prestadores expusieron por nota la necesidad de practicar una pronta recomposición de la tarifa, que se mantiene en vigencia desde abril del año en curso;

Que no escapa a la realidad que los combustibles, lubricantes, cubiertas, seguros y otros insumos, desde tal fecha hasta nuestros días, han mantenido un ritmo constante de aumento, condicionando el nivel de rentabilidad del servicio y de mantenerse esta situación, la calidad de la prestación se verá reducida, siendo los usuarios quienes finalmente  se verán afectados;

Que los Sres. Concejales, compartiendo los argumentos expuestos, expresan en forma unánime su conformidad en actualizar la tarifa para este importante servicio público, que a través de vehículos de alquiler se brinda en nuestra ciudad;

Por todo ello, el H. Concejo Municipal de el Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, sanciona la siguiente

OR D E N A N Z A

ARTÍCULO 1º:        Modifícase en la Ordenanza Nº 712 de fecha 29.05.08, Artículo 54º, el Inciso a), el que quedará redactado de la siguiente manera:

  1. Dentro del área urbana: $. 8,00 (Pesos ocho) la bajada de bandera, más un incremento de $. 0,50 (Pesos cincuenta centavos) cada cien (100) metros.-

ARTÍCULO 2º:        Comuníquese, promúlguese, publíquese y dese al Registro Municipal.-

Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los seis días del mes de diciembre del año dos mil doce.-