VISTO:
La mensura y subdivisión practicada por el Agrimensor Federico Piancatelli en un terreno ubicado en la planta Suburbana del Distrito El Trébol, propiedad de la Municipalidad de El Trébol, designado como “Una fracción de terreno, situada en la Colonia Passo, Distrito El Trébol, identificado como Lote A según Plano de Mensura Nº 145.037/2007, Departamento San Martín de esta provincia de Santa Fe, dominio inscripto bajo el número 125655, Tomo 245 Impar, Folio 1688, fecha 30/11/2007, Partida de Impuesto Inmobiliaria Nº 12 15 00 173119/0003-0; y
CONSIDERANDO:
Que de la mensura y subdivisión mencionada en el Visto se origina una fracción de terreno designada como Lote Nº 1,que se ubica a partir de los 2611.55 metros desde la Ruta Provincial Nº 13 sobre la Ruta Provincial Nº 40 S hacia el Oeste y parte desde ahí hacia el Norte 108 m, de ahí hacia el Oeste 264 m, vuelve a hacer un quiebre y en dirección al Norte 78 m y de aquí 10 m hacia el Oeste y vuelve hacia el Sur 78 m, desde aquí 264 m hacia el Oeste y baja en dirección Sur 30m, de aquí 308 m hacia el Este, quiebra nuevamente hacia el Sur 78 m, y de aquí 10 m hacia el Este y desde allí hace un quiebre hacia el Norte de 78m y de allí 210m hacia el Este, y desde allí 78m hacia el Sur quebrando 10 m hacia el Este donde se une con el punto de inicio del trazado, completando una superficie de 18.479,98 metros cuadrados.
Que la fracción de terreno designada como Lote 1, propiedad de la Municipalidad de El Trébol, se destinará a la realización de una calle para uso público;
Que para la inscripción de la mensura en el Servicio de Catastro e Información Territorial de la Provincia de Santa Fe, se hace necesario contar con la respectiva ordenanza que le dé carácter de calle pública al referido Lote Nº 1;
Que los Sres. Concejales, coincidiendo en que la apertura de la calle brindará múltiples beneficios y que además se está dando cumplimiento a los requisitos que impone trámites de esta naturaleza, expresan en forma unánime su conformidad a la propuesta;
Por todo ello, el H. Concejo Municipal de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: Destínese a calle pública el Lote Nº 1 del plano de mensura y subdivisión Nº 145.037/2007 realizado por el Agrimensor Federico Piancatelli, que se anexa y forma parte de la presente, lote que se ubica a los 2.611,55 metros contados desde la Ruta Provincial Nº 13 sobre la Ruta Provincial Nº 40 S hacia el Oeste y tiene una superficie de 18.479,98 metros cuadrados.-
ARTÍCULO 2º: El mencionado terreno será incorporado a la red de caminos públicos de este Municipio y deberá guardársele cuidado y mantenimiento de acuerdo a su ubicación y necesidad.-
ARTÍCULO 3º: Comuníquese, promúlguese, publíquese y dese al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los dieciocho días del mes de octubre del año dos mil doce.-