VISTO:
La Resolución Nº 937 de la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo, referida a la redeterminación del monto acordado para la obra: Construcción de 3 Viviendas Individuales 2D “VC” Lotes Propios – Plan 8534- por administración municipal;
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 5188 de Obras Públicas de la Provincia de Santa Fe, en sus Arts. 41 y 68 obliga a constituir garantías, ya sea del cumplimiento del contrato como de sustitución del fondo de reparo, equivalente al 5% del monto de cada certificado de obra;
Que mediante el Decreto Nº 1698/84, ratificado por el Nº 1007/85, se crea un sistema que permite a las Municipalidades y Comunas afectar el fondo de coparticipación provincial como garantía de los rubros señalados, siendo necesario el dictado del acto administrativo correspondiente;
Que los Sres. Concejales, coincidiendo en que a través de la propuesta se está atendiendo requerimientos establecidos en la normativa vigente en la materia, expresan en forma unánime su conformidad en prestarle la conformidad debida;
Por todo ello, el H. Concejo Municipal de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: Autorizase al Intendente Municipal, Sr. Fernando Emilio Almada, a firmar el contrato de obra pública ampliatorio respectivo con la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo, según Resolución Nº 0937 de fecha 11/04/2012 del nombrado organismo, para la construcción de 3 Viviendas Individuales 2D “VC” Lotes Propios –Plan 8534-.
ARTÍCULO 2°: Adhiérese la Municipalidad de El Trébol al sistema creado por Decreto 1698/84 ratificado por el Nº 1007/85 para garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones emergentes del contrato de obra pública a suscribir con la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo.
ARTÍCULO 3°: Comuníquese, promúlguese, publíquese y dese al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los diez días del mes de mayo del año dos mil doce.-