VISTO:
La Ordenanza Nº 858 de fecha 17.03.2011; y
CONSIDERANDO:
Que a través de esta norma se dispone la creación de un Lugar de Memoria, para evocar a los hijos de El Trébol que dieron su vida participando en las luchas populares para la recuperación del estado de derecho y las libertades democráticas que se vieron coartadas por la dictadura cívico militar instalada tras el golpe de Estado perpetrado el 24 de marzo de 1976;
Que también se disponía la colocación de un pilón o cenotafio, donde queden grabados sus nombres: Alicia Raquel Burdisso Rolotti y Carlos Bosso Rovito e Isabel Salinas de Bosso, estos últimos, matrimonio cuyos restos fueron recientemente identificados por la justicia nacional, quienes fueron secuestrados y desaparecidos en esa oscura etapa de nuestra historia;
Que de la memoria colectiva de nuestro pueblo ha surgido el nombre de Luis Alberto Tealdi, nacido en la localidad de Susana, Departamento Las Colonias de nuestra Provincia, el 03.12.1921, quien en su juventud se mudó con su familia a nuestro medio, participando en diversas Instituciones de la época, donde supo ganarse el afecto y el respeto de sus contemporáneos;
Que en nuestra ciudad, se desempeñó como empleado de la entonces fábrica De Lorenzi y fiel a los principios peronistas que abrazó desde joven, fue un enérgico defensor de los derechos de los trabajadores, llevándole a ser miembro fundador y directivo de la Seccional El Trébol de la Asociación de Trabajadores de la Industria Láctea de la República Argentina, ATILRA;
Que radicado posteriormente en Campana, ingresó al establecimiento metalúrgico Cometarsa, del complejo Dalmine – Siderca, perteneciente al grupo Techint, donde haciendo uso de experiencia política y sindical, participó activamente en la defensa de los intereses de sus compañeros de trabajo, quienes rápidamente lo adoptaron como su referente;
Que este compromiso se vio truncado un 28 de setiembre de 1977, fecha en la que fue secuestrado y desaparecido a la vista de su esposa, cuando salía de su domicilio hacia su lugar de trabajo, permaneciendo en ese estado hasta la fecha, esperando su familia que sus restos puedan algún día ser identificados para cerrar esta etapa de su historia y pueda descansar en paz;
Que pese a no ser nativo de El Trébol, ha dejado escrita en nuestro medio su impronta y en base al compromiso social, sindical y político que marcaron su vida, entendemos se merece que su nombre también sea recordado por las generaciones presentes y venideras como un defensor del Estado de Derecho y las libertades democráticas;
Que los Sres. Concejales, coincidiendo con los argumentos expuestos, expresan en forma unánime su conformidad a la propuesta;
Por todo ello, el H. Concejo Municipal de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: Dispóne la incorporación del nombre de LUIS ALBERTO TEALDI a la placa a colocar en el Lugar de Memoria próximo a habilitarse, para que junto a ALICIA RAQUEL BURDISSO ROLOTTI y el matrimonio compuesto por CARLOS BOSSO ROVITO e ISABEL SALINAS DE BOSSO, sean recordados por las generaciones presentes y futuras por la lucha que realizaron para la recuperación del Estado de Derecho y las libertades democráticas que se vieron coartadas con el Golpe Cívico – Militar perpetrado el 24 de Marzo de 1976, fecha que hoy se conmemora como DÍA NACIONAL DE LA MEMORIA POR LA VERDAD Y LA JUSTICIA.-
ARTÍCULO 2º: Comuníquese, promúlguese, publíquese y dese al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los veintidós días del mes de marzo del año dos mil doce.-