VISTO:
La nota recibida en este Concejo del Rotary Club El Trébol, solicitando una ayuda económica para la niña Manuela Contreras, de un año de edad, quién padece de sordera y deben implantarle dos audífonos cuyo costo es elevado y escapa a las posibilidades económicas de los padres; y
CONSIDERANDO:
Que el Honorable Concejo Municipal ha evaluado en sus diversos aspectos el pedido efectuado por dicha entidad hacia esta niña, en una campaña de solidaridad, apelando a los sentimientos de nuestra población, para posibilitar de esa manera concretar el logro de la suma deseada, para la solución del problema suscitado, motivo por el que dentro de sus posibilidades han considerado proveer con una ayuda para el fin mencionado;
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de El Trébol, departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756 y su propio Reglamento Interno, sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Otórgase a la niña Manuela Contreras de esta ciudad en concepto de subsidio la suma de Australes Tres Mil (A. 3.000.-) para destinarlo a la adquisición de dos audífonos. Dicha suma será depositada en la Cuenta habilitada para dicho fin en el Banco Horizonte Cooperativo Ltdo. Filial El Trébol Nº 5692/6.-
ARTICULO 2º: El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ordenanza, será imputado a la Partida 1-03 – “SUBSIDIOS Y BECAS” H.CONCEJO MUNICIPAL, del Presupuesto General de Gastos de la Administración Municipal.-
ARTICULO 3º: Comuníquese, Promúlguese, Publíquese y dése al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los quince días del mes de mayo del año mil novecientos ochenta y nueve.-