VISTO:
La Ordenanza Nº 827, dictada por este Cuerpo legislativo en fecha 14 de setiembre de 2010 y promulgada por el Departamento Ejecutivo Municipal en fecha 17 de igual mes y año; y
CONSIDERANDO:
Que en su Artículo 3º se hace referencia al financiamiento que tendrá la obra de “Remodelación de Bv. América, entre calles Rosario y Santa Fe”;
Que se hace necesario precisar cuál va a ser el aporte total que se solventará con recursos municipales;
Que los Sres. Concejales, compartiendo lo indicado, expresan en forma unánime su conformidad a la propuesta;
Por todo ello, el H. Concejo Municipal de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: Modifícase el Artículo 3º de la Ordenanza Nº 827, el cual quedará redactado del siguiente modo: “ARTÍCULO 3º: La inversión para la ejecución de la obra descripta en el Artículo 1º se solventará del siguiente modo:
ARTÍCULO 2°: Comuníquese, promúlguese, publíquese y dese al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los treinta y un días del mes de enero del año dos mil once.-