VISTO:
La nota recibida del Sindicato de Trabajadores Municipales de El Trébol solicitando una adhesión con motivo de celebrar el próximo 12 de noviembre el día del Trabajador Municipal;
CONSIDERANDO:
Que el Honorable Concejo Municipal ha evaluado el pedido efectuado, entendiendo que la circunstancia mencionada tiende que los beneficios que se obtenga de la cena y baile del precitado festejo será destinado a la construcción de la sede sindical de los trabajadores, muy loable por cierto esta iniciativa en lo que hace al contexto de normas sociales y desenvolvimiento de sus actividades específicas;
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756 y su propio Reglamento Interno, sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º.- Otórgase al Sindicato de Trabajadores Municipales de El Trébol, una contribución de Mil australes (A 1.000.-) con motivo de la celebración del Día del Trabajador Municipal.-
ARTICULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ordenanza, será imputado a la Partida 1 – 03 – “SUBSIDIOS Y BECAS” Honorable Concejo Municipal, del Presupuesto General de Gastos de la Administración Municipal para el presente año.-
ARTICULO 3º.- Promúlguese, Comuníquese, Publíquese y dése al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los treinta y un días del mes de octubre del año mil novecientos ochenta y ocho.-