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Solicitud al Gobierno Provincial el aporte de fondos no reintegrables para la remodelación del Bv. América


ORDENANZA Nº 830

VISTO:

La sanción de la Ley Nº 12.385, sus Modificatorias y Decretos Reglamentarios; y

CONSIDERANDO:

Que por dicha Ley, el Gobierno de la Provincia de Santa Fe crea el Fondo para la Construcción de Obras y adquisición de equipamientos y rodados para Municipios de Segunda Categoría y Comunas;

Que nuestra localidad se encuentra comprendida en los alcances del fondo;

Que el Municipio ha evaluado la necesidad de obras públicas prioritarias para el distrito, siendo una de ellas la “Remodelación del Bv. América, entre calles Rosario y Santa Fe”;

Que dicha obra se encuentra comprendida entre las que son financiables por el Fondo;

Que los Sres. Concejales, compartiendo la opinión que la presentación se ajusta a los requerimientos legales impuestos para la gestión de recursos, expresan en forma unánime su conformidad a la propuesta;

Por todo ello, el H. Concejo Municipal de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1º:         Solicítase al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe, en el marco de la Ley Nº 12.385 y sus Modificatorias y Decretos Reglamentarios, el aporte de fondos no reintegrables para la realización de la obra pública prioritaria que se detalla a continuación:

  • “Remodelación del Bv. América, entre calles Rosario y Santa Fe”.

ARTÍCULO 2º:         Facúltase al Sr. Intendente de la Municipalidad de El Trébol, Sr Fernando E. Almada, DNI Nº 16.200.798, a gestionar los fondos citados y convenir con el Gobierno Provincial el financiamiento parcial de la obra que se mencionan en el Artículo 1º, y cuya realización se aprueba en este acto, por un monto de $ 270.958,57 (Pesos doscientos setenta mil novecientos cincuenta y ocho c/57/100). Asimismo, autorízasela realización de las modificaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la presente.-

ARTÍCULO 3º:         Comuníquese, promúlguese, publíquese y dese al Registro Municipal.-

Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los veintiún días del mes de octubre del año dos mil diez.-