VISTO:
La sanción de la Ley Provincial Nº 12.953 y su modificatoria Nº 13.041; y
CONSIDERANDO:
Que el objeto de la Ley Nº 12.953 es la instrumentación de un Régimen especial de titularización de las viviendas construidas en jurisdicción provincial, mediante planes ejecutados por la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo, que a la fecha de su publicación no hayan sido escrituradas;
Que ésta posibilidad significa un beneficio para todas aquellas personas que por cualquier acto jurídico emanado de la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo se encuentren en posesión o tenencia de la vivienda, los compradores o cesionarios de adjudicatarios por sucesivas transmisiones realizadas por instrumentos públicos o privados y los sucesores universales de las personas mencionadas precedentemente;
Que también pueden ser beneficiarios quienes reúnan los requisitos establecidos por el Artículo 3º, inciso b), de la Ley Nº 12.953;
Que la finalidad es que los beneficiarios adquieran el dominio pleno de su vivienda, mediante el otorgamiento de la escritura traslativa de dominio;
Que por Resolución Nº 1836/09 de la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo se crea la Unidad de Ejecución del Régimen de Titularización de Viviendas;
Que el artículo 23º de la Ley Nº 12.953 invita a las Municipalidades y Comunas a adherir al citado Régimen;
Que los Sres. Concejales, coincidiendo en los beneficios que aporta este Régimen especial, expresan en forma unánime su conformidad a la propuesta;
Por todo ello, el H. Concejo Municipal de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: Adhiérese por la presente a la Ley Provincial Nº 12.953, la cual instituye el Régimen Especial de Titularización de Viviendas construidas por la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo (D.P.V. y U.) de Santa Fe, conforme lo establecido en el Artículo 23º de la citada Ley.
ARTÍCULO 2º: Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir con el Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe, los convenios necesarios para la efectiva instrumentación del régimen especial previsto en la Ley Nº 12.953.-
ARTÍCULO 3º: Comuníquese, promúlguese, publíquese y dese al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los veintinueve días del mes de julio del año dos mil diez.-