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Aprobación de convenio con Vialidad para desmalezado de caminos de la Red Vial Provincial durante el 2010


ORDENANZA Nº 799

VISTO:

La posibilidad de llegar a un acuerdo con la Dirección Provincial de Vialidad, por el cual esta Municipalidad de El Trébol ejecute durante el año 2010, trabajos de Desmalezado en la Red Vial Provincial en el marco del Programa de Descentralización Vial implementado; y

CONSIDERANDO:

Que los términos del Convenio y el precio ofrecido por la Dirección Provincial de Vialidad para el pago de los servicios a prestar  por la Municipalidad son razonables y compensan las inversiones a su cargo;

Que asimismo resulta necesario simplificar la ejecución del Convenio, para lo cual es conveniente otorgar facultades al Intendente Municipal, Sr. Fernando Emilio Almada, DNI Nº 16.200.798, para que la represente y realice todos los actos necesarios para su cumplimiento, como también a percibir la tasa que se establezca;

Que a los fines de garantizar el cumplimiento del Convenio, correspondería autorizar a la Dirección Provincial de Vialidad para afectar los Fondos de Coparticipación que le correspondan a la Municipalidad durante el ejercicio en el cual se ejecuten las tareas;

Que los Sres. Concejales, evaluando los beneficios que la ejecución de los trabajos brindarán a la comunidad en su conjunto, expresan en forma unánime su conformidad a la propuesta;

Por todo ello, el H. Concejo Municipal de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, sanciona la siguiente

          O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1°:        Apruébase la concreción de un Convenio entre esta Municipalidad de El Trébol, representada por su Intendente Sr. Fernando Emilio Almada, DNI Nº 16.200.798 y la Dirección Provincial de Vialidad para la ejecución de trabajos de Desmalezado de la Red Vial Provincial durante el ejercicio 2010, conforme al plan de trabajos a establecer de común acuerdo entre las partes, en el marco del Programa de Descentralización Vial.

ARTÍCULO 2°:         Facúltase al Sr. Fernando Emilio Almada, DNI Nº 16.200.798; Intendente de Municipalidad de El Trébol, a realizar todos los actos necesarios para el cumplimiento del Convenio y a la percepción del monto certificado, en función de la Tasa establecida.-

ARTÍCULO 3°:         Apruébase la inversión que deberá realizar el Municipio, conforme la Ley Nº 2756.

ARTÍCULO 4°:         Autorízase a la Dirección Provincial de Vialidad para afectar los fondos de Coparticipación que le correspondan a la Municipalidad, a fin de resarcirse de los perjuicios que le pudiere ocasionar el incumplimiento del Convenio.

ARTÍCULO 5°:         Comuníquese, promúlguese, publíquese y dese al Registro Municipal.-

Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los veinticinco días del mes de marzo del año dos mil diez.-