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Faculta al Departamento Ejecutivo Municipal a transformar Deudas Obras Públicas frentistas equivalentes a bolsas de cemento


ORDENANZA Nº 73

VISTO:

          La inquietud de algunos frentistas por consolidar sus deudas de Obras Públicas por intermedio de un elemento unitario de cambio, que pueda reflejar claramente las obligaciones a cubrir; y

CONSIDERANDO:

                        Que dichas deudas, traducidas en elementos de uso corriente para esta Municipalidad y de tal forma que no afecten los intereses municipales, resulta factible;

Que los Señores Concejales han considerado y evaluado esta inquietud en sus distintos aspectos;

Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de el Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756 y su propio Reglamento Interno, sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º:         Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a transformar las deudas que los frentistas tienen por obras públicas, realizadas frente a sus respectivas propiedades, en un número de bolsas de cemento equivalente a la deuda mencionada.-

ARTICULO 2º:         La Municipalidad tomará como base de cálculo el precio unitario de la bolsa que resulte del promedio de dos cotizaciones como mínimo, obtenidos a la fecha de producir la transformación mencionada.-

ARTICULO 3º:         Comuníquese, Promúlguese, Publíquese y dése al Registro Municipal.-

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de El trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los cuatro días del mes de julio del año mil novecientos ochenta y ocho.-