VISTO:
La sanción de la Ordenanza N° 626 de fecha 29 de Junio de 2006; y
CONSIDERANDO:
Que a través de la norma mencionada se actualiza el valor de la Unidad Contributiva para los frentistas beneficiados con la ejecución de la obra de Distribución de Gas Natural;
Que en razón de la permanente modificación de costos, se hace necesaria una nueva actualización que permita continuar con la ampliación del servicio;
Que asimismo resulta oportuno fijar un sistema de actualización trimestral que posibilite dar agilidad al desarrollo de las obras;
Que los Sres. Concejales, compartiendo los argumentos expuestos, expresan en forma unánime su conformidad a la propuesta;
Por todo ello, el H. Concejo Municipal de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: Derógase el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 626 de fecha 29.06.06, modificatoria de la Ordenanza Nº 530 de fecha 03.07.03 y Nº 533 de fecha 17.07.2003.-
ARTÍCULO 2º: Modifícase el Artículo 2º de la Ordenanza Nº 530 de fecha 03.07.03 el que quedará redactado de la siguiente forma:
““La obra objeto de la presente se declara de interés público, de pago obligatorio y sujeta al régimen de contribución de mejoras, fijándose el monto de $. 1.078,47 (Pesos un mil setenta y ocho c. 47/100) por Unidad Contributiva, la que se tomará por título de dominio, tal como lo estipula la Ordenanza N° 385, Artículo 6°. Dicho importe se reducirá a $. 916,36 (Pesos novecientos dieciséis c. 36/100) en caso que el vecino no solicite el servicio de conexión domiciliario o el inmueble no cuente con el nicho reglamentario debidamente instalado al momento de la ejecución de la obra.
Trimestralmente, en base a la variación de costos de los ítems que forman parte del Cómputo y Presupuesto con valores a Junio de 2008, que se integran a la presente, se podrá actualizar el valor de la Unidad Contributiva, previa aprobación del H. Concejo Municipal”.
ARTÍCULO 3°: Comuníquese, promúlguese, publíquese y dese al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los diez días del mes de julio del año dos mil ocho.-