VISTO:
El Proyecto de Ordenanza remitido por el Departamento ejecutivo Municipal; y
CONSIDERANDO:
Que a través del mismo destaca la trascendencia del 2º Encuentro Internacional y 6º Encuentro Nacional de Mini-Voleiból a realizarse en El Trébol el 24 de julio próximo, evento en el que como en anteriores oportunidades participarán varones y niñas en representación de la ciudad de Sao Pedro, estado de Sao Pablo, de la hermana República Federativa del Brasil; y
Que similar encuentro se concretó en la referida ciudad brasileña en el transcurso del año, asistiendo una importante delegación representativa de El Trébol, la que durante su estancia recibió de las autoridades municipales todo tipo de atenciones,
Que la actividad deportiva de Mini-Voleibol ha sido fundamental para provocar el acercamiento entre estados dos ciudades, asó como en otros casos poblacionales de distintos países, que se unen estrechamente por otro tipo de lazos;
Que en el próximo encuentro la delegación representativa de Sao Pedro será presidida por la máxima autoridad de la ciudad, la Prefeito Municipal ANTONIETA ELIZA GHIROTTI de ANTONELLI, por lo que se considera que la circunstancia resulta sumamente propicia para retribuir a los visitantes las atenciones que dispensaran a nuestra delegación, y a la par, dictar la medida de gobierno que declare a la ciudad de Sao Pedro hermana de la nuestra;
Que el Honorable Concejo Municipal de El Trébol ven con simpatía el acercamiento de estas dos ciudades, circunstancia que nos une en lazos comunes, poniendo de relieve los valores humanos de reciprocidad como pilar fundamental que es la juventud, y que en un puente de unión, con espíritu alto y generoso han logrado confundir sus anhelados propósitos de hermandad sin fronteras, contribuyendo a la comprensión de dos países hermanos como son Brasil y Argentina;
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756 (Texto Ordenado Decreto Nº 67/85, con las modificaciones de la Ley Nº 9666), sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Declárase a la ciudad de SAO PEDRO, estado de Sao Pablo de la República Federativa del Brasil, hermana de la ciudad de El Trébol, Provincia de Santa fe de la República Argentina.-
ARTICULO 2º: Comuníquese, Promúlguese, Publíquese y dése al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los veintisiete días del mes de junio del año mil novecientos ochenta y ocho.-