VISTO:
El pedido efectuado mediante nota de fecha 10 de Mayo de 1988 por la Escuela de Enseñanza Media Nº 210, por la que solicita materiales y mano de obra destinado a la construcción de dos nuevas aulas; y
CONSIDERANDO:
Que el Concejo Municipal ha estudiado y evaluado la inquietud puesta de manifiesto por las Autoridades del mencionado Colegio, dentro y acorde las posibilidades económicas de la Municipalidad;
Que es consciente de las necesidades expuestas, máxime teniendo en cuenta la labor e intensa actividad desplegada por dicho Colegio en cuanto hace a Secundario, Técnico, Profesorado, Computación, lo cual determina contar con las aulas correspondiente para poder cumplir con su cometido, por lo que los Señores Concejales expresan su estímulo y reconocimiento y ver de poder colaborar dentro de las posibilidades con una ayuda destinada a estos nobles propósitos;
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de el Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756 (Texto Ordenado Decreto Nº 67/85, con las modificaciones de la Ley Nº 9666), sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Otórgase a la Escuela de Enseñanza Media Nº 210 “José Ingenieros” de nuestra ciudad en carácter de subsidio por mano de obra en un monto de australes Mil Quinientos (A. 1.500.-) para sus obras proyectadas.-
ARTICULO 2º: Comuníquese, Promúlguese, Publíquese y dése al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de El Trébol, departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los veintidós días del mes de Junio del año mil novecientos ochenta y ocho.-