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Modificación Ord. Nº 690 Prespuestaria 2008


ORDENANZA Nº 692

VISTO:

La Resolución Nº 795 de fecha 06.12.07, asignando recursos a las Partidas que integran la Proyección de Gastos de este Cuerpo legislativo para el año 2008; y

CONSIDERANDO:

Que a través de la Ordenanza Nº 690 de fecha 22.11.07 se resolvió el Presupuesto General de Recursos y Erogaciones del Municipio para el ejercicio venidero;

Que en dicha norma, este Cuerpo legislativo tiene incorporada dos partidas donde se contabilizan sus gastos, que son Personal y  Gastos de Funcionamiento;

Que al no tener la distribución interna de la Proyección de Gastos a la fecha de sanción del Presupuesto 2008, no se pudo incorporar en la norma la modalidad de transferencia de la cuota mensual que el Departamento Ejecutivo envía a este sector del gobierno local para solventar sus gastos;

Que se hace necesario regularizar esta situación para el inicio del próximo ejercicio;

Que los Sres. Concejales, compartiendo los argumentos expuestos, expresan en forma unánime su conformidad a la propuesta;

Por todo ello, el H. Concejo Municipal de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1º:        Incorpórase a la Ordenanza Nº 690 de fecha 22.11.07, Presupuestaria 2008, como Artículo 6º, el siguiente:

ARTÍCULO 6°: A los efectos de lograr un adecuado manejo administrativo del Honorable Concejo Municipal, se establece que para el envío de las partidas que el Departamento Ejecutivo debe transferir para dar cumplimiento a las sumas indicadas en el presente  Presupuesto, se procederá de la siguiente manera:

A la suma de los ítem 01.Operación, Personal, H. Concejo Municipal, de $. 208.000.- (Pesos doscientos ocho mil) más Servicios No Personales, ítem 21, Gastos Funcionamiento H. Concejo Municipal, de $. 39.340.-  (Pesos treinta y nueve mil trescientos cuarenta) establecidas en la presente y que totalizan $. 247.340.- (Pesos doscientos cuarenta y siete mil trescientos cuarenta), se le descontarán los importes indicados en Resolución Nº 795 de fecha 06.12.07 para los ítems  1.1 Dietas Concejales de $. 140.400.- (Pesos ciento cuarenta mil cuatrocientos) y 1.2 Gastos de Representación Concejales de  $. 56.940.- (Pesos cincuenta y seis mil novecientos cuarenta); el resultante será dividido por DOCE (12), dando origen a la cuota mensual, que debe ser transferida por el Departamento Ejecutivo Municipal entre los días 10 y 15 de cada mes.-

Cuatrimestralmente y a solicitud del Departamento Ejecutivo se podrá analizar la evolución de la transferencia de partidas en función del ingreso efectivo de recursos a la Tesorería del Municipio en concepto tributario y su relación e incidencia con la proyección de gastos de este H. Concejo Municipal, a efectos de hacer los ajustes necesarios si correspondiera, sin modificar la metodología de transferencia expuesta.-

ARTÍCULO 2º:        Comuníquese, promúlguese, publíquese y dese al Registro Municipal.-

Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los seis días del mes de diciembre del año dos mil siete.-