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Incorporación de la Municipalidad de El Trébol a la Asociación Internacional de Ciudades Educadoras


ORDENANZA Nº 691

VISTO:

La conformación de la Asociación Internacional de Ciudades Educadoras; y

CONSIDERANDO:

Que Ciudades Educadoras es un movimiento creado en el año 1990, en el que gobiernos locales se vinculan con el objetivo de trabajar conjuntamente en proyectos tendientes a desarrollar el valor educativo del ámbito urbano, en todos sus espacios;

Que ello implica una nueva concepción de ciudad;

Que en esta dimensión debe considerarse que la educación de los niños, jóvenes y ciudadanos en general no es solo responsabilidad de los estamentos tradicionales, sino que también lo es del Municipio, de las Asociaciones Intermedias, de las Instituciones culturales, de las empresas con voluntad educadora y en definitiva, de todas las instancias de la sociedad;

Que los programas y actividades que se inscriben dentro del concepto de Ciudad Educadora, involucran a todas las áreas del accionar municipal;

Que el intercambio de proyectos y experiencias en el ámbito educativo formal y no formal, permitirá enriquecer el desarrollo comunitario;

Que asimismo se coincide con los principios generales contenidos en la Carta de Ciudades Educadoras;

Que los Sres. Concejales, compartiendo los objetivos previstos, expresan en forma unánime su conformidad a la propuesta;

Por todo ello, el H. Concejo Municipal de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1º:        Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar las acciones administrativas y gestiones necesarias, tendientes a la incorporación de la Municipalidad de El Trébol a la Asociación Internacional de Ciudades Educadoras.-

ARTÍCULO 2º:        Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar a la Asociación Internacional de Ciudades Educadoras el aporte ordinario anual que corresponda, según la categoría en la que se encuadra nuestro Municipio.-

ARTÍCULO 3º:        Adhiérase la Municipalidad de El Trébol a los principios fundacionales de la Asociación Internacional de Ciudades Educadoras.-

ARTÍCULO 4º:        Comuníquese, promúlguese, publíquese y dése al Registro Municipal.-

Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los veintinueve días del mes de noviembre del año dos mil siete.-