VISTO:
La Ordenanza Nº 432 de fecha 22.06.2000, modificando el Artículo 27º de la Ordenanza Nº 15, Régimen de Compras, con el objeto de clarificar lo que se refiere a la participación del H. Concejo Municipal en los procesos licitatorios que el Municipio lleve adelante; y
CONSIDERANDO:
Que el espíritu de la norma tendía a lograr transparencia en las licitaciones públicas que se relacionen con obras municipales, compras, trabajos, instalaciones y contratos en general que importen un desembolso para la Municipalidad;
Que para no entorpecer las actividades propias del Departamento Ejecutivo Municipal, se había establecido la autorización expresa de este Cuerpo únicamente en los pliegos que superen un máximo fijado, condición que se encuentra justificado mantener;
Que se han actualizado en la Ordenanza Nº 15 los montos de cada una de las modalidades de compra que puede adoptar el Municipio, conforme a los montos que involucre, por lo cual se estima conveniente modificar también los importes indicados en el Artículo 27º de la citada norma;
Que el concepto de garantizar con adecuados mecanismos de control la claridad de los actos públicos se mantiene en vigencia, entendiendo que las disposiciones dictadas aseguran el cumplimiento de este objetivo;
Que los Sres. Concejales, compartiendo los argumentos expuestos, expresan en forma unánime su conformidad a la propuesta;
Por todo ello, el H. Concejo Municipal de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: Modíficase el Artículo 27º de la Ordenanza Nº 15 – RÉGIMEN DE COMPRAS – el que quedará redactado del siguiente modo:
“Para los procesos licitatorios que se den curso dentro del ámbito de la Municipalidad de El Trébol, se procederá según lo establecido en los incisos que se detallan:
ARTÍCULO 2°: Comuníquese, promúlguese, publíquese y dese al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los veinte días del mes de abril del año dos mil seis.-