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Apruébase formalización Convenio con Vialidad trabajos movimiento de suelos Ruta 40


ORDENANZA Nº 593

VISTO:

           La posibilidad de formalizar un acuerdo con la Dirección Provincial de Vialidad, a través del cual la Municipalidad de El Trébol ejecute trabajo de movimiento de suelos, (6.000 m3), sobre la Ruta Provincial Nº 40-S, tramo El Trébol – Ruta Provincial Nº 240-S; y

CONSIDERANDO:

Que los términos del Convenio a suscribir y el precio ofrecido por la Dirección Provincial de Vialidad para el pago de los servicios a prestar por el Municipio son razonables y compensan las inversiones a su cargo;

Que se hace necesario simplificar la ejecución del Convenio, para lo cual resulta conveniente otorgar facultades al Sr. Intendente Municipal para que represente y realice todos los actos necesarios para su cumplimiento;

Que a los efectos de garantizar el cumplimiento del Convenio, correspondería autorizar a la Dirección Provincial de Vialidad a afectar los fondos de coparticipación que le correspondan al Municipio;

Que los Sres. Concejales, evaluando los beneficios que puede aportar la formalización del Convenio, expresan en forma unánime su conformidad en prestar la autorización requerida;

Por todo ello, el H. Concejo Municipal de El Trébol en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1º:        Apruébase la formalización de un Convenio entre la Dirección Provincial de Vialidad y la Municipalidad de El Trébol para la ejecución de trabajos de movimiento de suelos, 6.000 m3, sobre la Ruta Provincial Nº 40-S, tramo El Trébol – Ruta Provincial Nº 240-S, conforme al plan de trabajos a establecer de común acuerdo entre las partes.-

ARTÍCULO 2º:        Facúltase al Intendente de la Municipalidad de El Trébol CPN  Angel Mateo Rossi, LE. Nº 6.302.035, para que suscriba el respectivo Convenio, como así también realice todos los actos necesarios para el cumplimiento del mismo y la percepción del monto que se establezca.-

ARTÍCULO 3º:        Apruébase la inversión que deberá realizar la Municipalidad, conforme la Ley Nº 2756.-

ARTÍCULO 4º:        Autorízase a la Dirección Provincial de Vialidad para afectar los fondos de coparticipación que le correspondan a la Municipalidad durante el ejercicio del año 2005, en el que se ejecutarán los trabajos, a fin de resarcirse de los perjuicios que le pudiere ocasionar el incumplimiento del Convenio.-

ARTÍCULO 5º:        Comuníquese, promúlguese, publíquese y dése al Registro Municipal.-

Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los quince días del mes de setiembre del año dos mil cinco.-