VISTO:
La Ordenanza Nº 582 de fecha 14.04.05, autorizando al Sr. Intendente Municipal a gestionar y firmar el Convenio de préstamo respectivo con la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo de la Provincia de Santa Fe, para la ejecución de trabajos de construcción de cordón cuneta y estabilizado granular en la calzada de distintas calles de nuestra ciudad, en el marco del Subprograma de Ejecución de Infraestructura por Gestión Municipal que administra; y
CONSIDERANDO:
Que se pudo determinar que existen diferencias entre las calles indicadas en la Ordenanza antes citada y el plano presentado por el Departamento Ejecutivo Municipal a la dependencia administradora del Programa;
Que se hace necesario regularizar la situación planteada a la brevedad, a los efectos de no comprometer la marcha del expediente;
Que los Sres. Concejales, evaluando lo expuesto, expresan en forma unánime su conformidad en practicar las modificaciones necesarias para subsanar las diferencias registradas;
Por todo ello, el H. Concejo Municipal de El Trébol en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: Modifícase en la Ordenanza Nº 582 de fecha 14.04.05 el Artículo 1º, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Autorizase al Sr. Intendente Municipal a gestionar y firmar el Convenio de Préstamo correspondiente para la ejecución de los trabajos de construcción de cordón cuneta de hormigón y estabilizado granular de la calzada en las siguientes calles:
ARTÍCULO 2º: Comuníquese, promúlguese, publíquese y dése al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, al primer día del mes de setiembre del año dos mil cinco.-