VISTO:
La posibilidad que se construyan en nuestra ciudad, unidades habitacionales dentro del Programa Federal de Construcción de Viviendas en vigencia; y
CONSIDERANDO:
Que es condición del Programa que las empresas interesadas en presentarse como licitatarias dispongan del terreno donde se concretará la obra;
Que la empresa Constructora MAK S.R.L. se ha mostrado interesada en una manzana de propiedad municipal, sita entre calles Manuel Belgrano, Dorrego, Pbro. Arturo Tibaldo y José Hernández, ofreciendo una suma acorde a los valores de plaza;
Que a los efectos de poder cumplir con todos los requisitos que le impone el Programa, la empresa ha pedido resolver la suscripción de un contrato de opción de compra de manera inmediata, dado que ésta es una condición esencial que deben acatar para la presentación de las ofertas, que opera el próximo lunes 9 del cte.;
Que esta posibilidad de construcción de viviendas no solo cumple un fin social claro, sino que además se constituye en polo de desarrollo de un sector hoy escasamente poblado, favoreciendo un crecimiento direccionado de la ciudad;
Que brindando la autorización requerida, con la condición que el producto de la venta se destine a la concreción de obras de infraestructura en la zona, se mejorará la calidad de vida de todos sus habitantes;
Que los Sres. Concejales, compartiendo los argumentos puestos de manifiesto, expresan en forma unánime su conformidad en prestar autorización a la opción de compra y posterior venta, bajo las condiciones convenidas;
Por todo ello, el H. Concejo Municipal de El Trébol en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: Autorízase al Sr. Intendente Municipal, CPN Angel M. Rossi, a la suscripción de un Contrato de Opción de Compra y posterior venta a favor de la empresa Constructora MAK SRL., con domicilio en calle Eva Perón 7915, local 9 de la ciudad de Rosario, Pcia. de Santa Fe, de la manzana de propiedad municipal identificada en el plano del Distrito El Trébol con el Nº 283, ubicada entre las calles Manuel Belgrano, Dorrego, Pbro. Arturo Tibaldo y José Hernández, la que será destinada por la compradora a la construcción de viviendas dentro del Programa Federal de Construcción de Viviendas en vigencia.-
ARTÍCULO 2º: Fíjase el precio de venta del inmueble en la suma de $. 45.000.- (Pesos Cuarenta y cinco mil), la que se hará efectiva a este Municipio a través de los procedimientos que fije el Programa Federal de Construcción de Viviendas, asumiendo los compradores los gastos derivados de la operación.-
ARTÍCULO 3º: El producto de la venta será destinado únicamente a la concreción de obras de infraestructura que contribuyan a generar un crecimiento direccionado de la ciudad hacia el sector donde se construye el grupo habitacional, las que serán aprobadas oportunamente por el H. Concejo Municipal.-
ARTÍCULO 4º: Comuníquese, promúlguese, publíquese y dese al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los cinco días del mes de mayo del año dos mil cinco.-