VISTO:
La Ordenanza N° 453 de fecha 21.12.2000, estableciendo un recorrido obligatorio que deben respetar los vehículos de carga para trasladarse desde la Ruta Provincial N° 13 o la Ruta provincial N° 45 S hacia el radio urbano de nuestra ciudad o viceversa; y
CONSIDERANDO:
Que la práctica ha demostrado que modificando el circuito puede mejorarse el recorrido, acortando las distancias hacia los lugares de destino;
Que no obstante tratarse de calzadas naturales, esta condición puede resultar un incentivo para su uso, evitando el ingreso por calle Viena, que solo podría transitarse cuando las condiciones climáticas no permitan seguir el recorrido indicado;
Que los Sres. Concejales, coincidiendo en que las modificaciones resultarán beneficiosas para cumplir con los objetivos previstos, expresan en forma unánime su conformidad para que se lleven a cabo;
Por todo ello, el H. Concejo Municipal de El Trébol en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756 sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: Modifícase el Artículo 1° de la Ordenanza N° 453 de fecha 21.12.2000, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Establécese como acceso para el tráfico y circulación de Vehículos de Carga desde y hacia el radio urbano de la ciudad de El Trébol hacia o desde la Ruta Provincial N° 13 o la Ruta Provincial N° 45 S, en los días en que las condiciones climáticas y de los caminos así lo permitan, el demarcado en el plano adjunto y por las calles que a continuación se detallan:
Desde Ruta Provincial N° 13, por calle Palermo hasta Bv. Libertad, por esta calle hasta 9 de Julio, por esta hasta Av. Independencia, que en su intersección con Av. Estanislao López hacia el Sur cambia de nombre por Av. Juramento; por ésta hasta calle Alejandría; por Alejandría hacia el Suroeste hasta su intersección con calle Compañía de Tierras Argentinas; por ésta hasta Santa Fe, y sobre la misma hacia el Oeste hasta Juan José Passo; por esta vía hasta Mendoza conectando esta calle hacia el Oeste con Ruta Provincial N° 13 y hacia el Este con Manuel Lozada, que hacia el Sur conecta nuevamente con la Ruta Provincial N° 13.
Este recorrido sirve como nexo con la ruta Provincial 45 S, utilizándose para ello calle 9 de Julio.-
ARTÍCULO 2°: Comuníquese, promúlguese, publíquese y dése al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los veinticinco días del mes de marzo del año dos mil cuatro.-