VISTO:
El rol fundamental que cumple el turismo en las economías locales y regionales de nuestro país como fuente generadora de recursos y las alternativas que ofrece para el intercambio cultural, permitiendo el conocimiento de lugares no solo desde el punto de vista geográfico sino también desde su historia, costumbres y potencial económico; y
CONSIDERANDO:
Que nuestra ciudad se encuentra emplazada en una zona que remonta sus antecedentes históricos a la época colonial;
Que la corriente inmigratoria que se ha dado a finales del siglo XIX y principios del XX, fundamentalmente de italianos y españoles, le ha permitido a nuestra zona mantener un sostenido crecimiento demográfico y cultural, incorporando el aporte realizado por los europeos, favorecido también por el progreso que trajo el ferrocarril;
Que estos aspectos han influido notablemente en las producciones que aquí se generaban, en su gran mayoría relacionadas con la actividad agropecuaria, que tenían en la siembra de granos y la cría de ganado para carne y leche sus principales exponentes;
Que la industria láctea alcanzó un marcado desarrollo en nuestra ciudad, consiguiendo la producción local de quesos y otros derivados un reconocimiento nacional e internacional, manteniéndose aún hoy estructuras edilicias que asombran por sus características arquitectónicas;
Que el Museo Municipal ha rescatado maquinarias agrícolas, herramientas, utensilios y demás objetos de gran valor histórico que son apreciados por quienes recorren sus instalaciones, fundamentalmente aquellas personas que viniendo de diferentes lugares desconocen esta realidad que se les presenta;
Que este patrimonio cultural de nuestra ciudad podrá ser ofrecido a otras Municipalidades e Instituciones intermedias, con vistas a lograr programas de intercambio cultural;
Que los Sres. Concejales comparten una opinión favorable en común sobre los beneficios que brindará la implementación de este proyecto;
Por todo ello, el H. Concejo Municipal de El Trébol en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756, sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: Dispónese por la presente que el Departamento Ejecutivo Municipal, a través del Área de Cultura y con la participación de los sectores que considere conveniente, lleve a cabo las acciones necesarias para organizar un programa de Turismo No Convencional que permita mostrar y difundir el patrimonio cultural y económico que dispone nuestra ciudad, tendiendo a lograr el intercambio con otras Municipalidades e Instituciones intermedias.-
ARTÍCULO 2°: A los efectos que el Programa resulte económicamente accesible para los interesados, invítese a las Instituciones deportivas locales que disponen de Albergues para alojamiento a integrarse al mismo, conviniendo también el uso de sus instalaciones para el desarrollo de las actividades recreativas y deportivas.-
ARTÍCULO 3°: Elaborado el Programa, llévense a cabo las acciones necesarias para ponerlo a disposición de las reparticiones provinciales y nacionales que correspondan con vistas a llevarlo a la práctica, suscribiendo los respectivos Convenios.-
ARTÍCULO 4°: Dese a la presente la más amplia difusión, informando a los Establecimientos Educativos de todos los niveles, Centros de Jubilados y Pensionados, Agrupaciones Civiles y Religiosas y demás Instituciones de nuestra ciudad respecto a las posibilidades que ofrece el Programa, poniendo a su disposición el listado de lugares adonde se ofrezcan servicios similares.-
ARTÍCULO 5°: Comuníquese, Promúlguese, Publíquese y dese al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los veintiún días del mes de noviembre del año dos mil dos.-