VISTO:
Que en nota recibida por este Honorable Concejo Municipal del Aero Club El trébol por el que solicita el reintegro del importe que abonara por consumo de Energía Eléctrica atento a nota que recibiera de la Secretaría de Hacienda de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que la comuna ha venido abonando los gastos de consumo de Energía Eléctrica en el Aero Club, careciendo de normas que rigen el usufructo que hace dicha Entidad;
Que no obstante ello y siendo el Aeródromo propiedad de esta Municipalidad en el que desarrolla sus actividades esta Institución, se destaca por ello la altruista e importante labor que cumple al servicio de la población en sus distintos órdenes;
Por todo ello
El Honorable Concejo Municipal de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades n° 2756 sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1° : Dispónese el reintegro del monto en la suma de australes cuarenta y dos con sesenta y siete centavos (A. 42,67) que abonara el Aero Club El Trébol por consumo de Energía Eléctrica en concepto de subsidio.-
ARTICULO 2° : Otórguese al Aero Club El Trébol un subsidio igual al consumo de Energía Eléctrica que se origine a partir de la fecha.-
ARTICULO 3° : Comuníquese, Promúlguese, Publíquese y dése al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los seis días del mes de enero del año mil novecientos ochenta y seis.-