VISTO:
El Proyecto de Ordenanza remitido por el Departamento ejecutivo Municipal, consecuente con la nota presentada por la Señora Haydee de Massa ante la Secretaría de Gobierno, solicitando se le exima del pago de la Tasa por servicios Públicos en el lote N° 1/07 de la Manzana N° 188 del catastro Municipal, de la que es propietaria; y
CONSIDERANDO:
Que dicho pedido se fundamente dentro del concepto del Acta N° 21/85, Artículo 4° de la Comisión de fomento, dado que el precitado lote lo usa la Municipalidad para la siembra, permitiendo así un usufructo que en cierta medida favorece al ente Municipal;
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756 y su propio Reglamento Interno, sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1° : Exímese del pago de la Tasa por servicios al propietario del Lote N° 1/07 de la Manzana N° 188 del catastro Municipal, durante el lapso en que esta Municipalidad usufructe de dicho terreno para siembra.-
ARTICULO 2° : Comuníquese, Promúlguse, Publíquese y dése al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los cinco días del mes de Octubre del año mil novecientos ochenta y siete.-