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Adhesión Municipio El Trébol a la Ley Provincial Nº 11.947 suspensión por 180 días instalación nuevos locales comerciales


ORDENANZA N° 483

VISTO:

La crítica situación político económica que experimenta nuestro país y que afecta entre los diversos sectores productivos de nuestro municipio, a la actividad comercial; y

CONSIDERANDO:

Que se hace necesario optimizar la tutela de los derechos de los comercios locales respecto a probables instalaciones de mega comercios en el ejido de la Municipalidad de El Trébol;

Que nuestra Provincia ha dado sanción a la Ley 11947, creando una Comisión de estudio, análisis, competencia y regulación de la actividad, impacto y condiciones de radicación de hiper y mega mercados y cadenas de distribución en el territorio provincial, habilitando a los Municipios y Comunas a suspender por el término de 180 días a partir de su promulgación, la instalación de comercios de estas características en sus respectivas jurisdicciones e invitándolos a adherir a sus términos;

Que los Sres. Concejales coinciden en que la radicación de este tipo de grandes comercios podría generar una competencia desleal que afectaría en forma especial a los pequeños y medianos comercios de la ciudad;

Por todo ello, el H. Concejo Municipal de El Trébol en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756, sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1°:        Adhiérese la Municipalidad de El Trébol a los términos de la Ley Provincial N° 11947, por medio de la cual se habilita a los Municipios y Comunas a suspender por el término de 180 días a partir de la fecha de su promulgación, las autorizaciones para instalar nuevos locales comerciales de los denominados supermercados, hipermercados, megamercados y los conocidos como cadenas de descuento y la habilitación de nuevos locales de expendio de los comercios existentes con tales características.-

ARTÍCULO 2°:        Comuníquese, Promúlguese, Publíquese y dése al Registro Municipal.-