O R D E N A N Z A N° 427
VISTO:
La Ordenanza N° 426 disponiendo la construcción de un pavimento asfáltico a la calle Bv. Libertad, entre Malvinas Argentinas y Viena; y
CONSIDERANDO:
Que esta obra ha sido prevista con la finalidad de conectar esta arteria a la calle Viena, creando de ese modo una vía de acceso provisoria al tráfico pesado que desde la Ruta Provincial N° 13 se desplacen a la zona de carga y descarga de la Cooperativa Agrícola Ganadera de El Trébol Ltda., la empresa Suc. de Alfredo Williner, la Ruta 45 S o viceversa, prohibiendo su circulación por el recorrido actual que utilizan los vehículos de carga, como medida de prevención de accidentes, ya que en estas áreas se ubican establecimientos educativos que involucran un importante movimiento de personas y vehículos;
Que concretado este proyecto se debe efectuar una reforma a los sentidos de circulación asignados a algunas de las calles del sector y señalizarlas debidamente, como asimismo al tipo de vehículos que se habilita para su tránsito;
Que los Sres. Concejales comparten en forma unánime los argumentos puestos de manifiesto;
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756, sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: Concretada la obra de pavimento asfáltico de la calle Bv. Libertad, entre Malvinas Argentinas y Viena, dótesela de doble sentido de circulación, habilitando con la señalización que corresponda su uso al Tráfico Pesado.
ARTÍCULO 2°: Dispóngase la modificación de los sentidos de circulación con sus correspondientes carteles indicadores y la señalización de tránsito que a continuación se indican:
ARTÍCULO 3°: Comuníquese, Promúlguese, Publíquese y dése al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los treinta días del mes de Mayo del año dos mil.-