VISTO:
La nota que nos remitiera el Departamento Ejecutivo Municipal acompañando copia de la presentada por la Cooperativa de Provisión de Agua Potable y Ots. Serv. Públicos de El Trébol Ltda., empresa consignataria del Servicio Especial de Transporte de Pasajeros en nuestra ciudad, quien solicita en respuesta al pedido interpuesto por vecinos que utilizan el servicio para trasladarse al cementerio local, el cambio de día y horario establecido para ese viaje en la Ordenanza N° 410 que regula el servicio; y
CONSIDERANDO:
Que la modificación planteada mejorará la calidad del servicio adecuándolo a las necesidades de los usuarios;
Que los Sres. Concejales no presentan objeción a lo solicitado, entendiendo que responde a los intereses de los vecinos, a cuyo bienestar se tiende;
Por todo ello, el H. Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756, sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: Modifícase en la Ordenanza N° 410, Artículo 3°, el párrafo que se detalla:
AL CEMENTERIO, DÍAS SÁBADO UNICAMENTE
Salida de Terminal Regreso
15:00 Hs 16:00 Hs
el que quedará redactado de la siguiente forma:
AL CEMENTERIO, DÍAS VIERNES UNICAMENTE
Salida de Terminal Regreso
16:30 Hs. 17:30 Hs.
ARTÍCULO 2°: Comuníquese, Promúlguese, Publíquese y dése al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los veintiocho días del mes de Marzo del año dos mil.-