ORDENANZA N° 415
VISTO:
La necesidad de llegar a un acuerdo con la Dirección Provincial de Vialidad, por el cuál la Municipalidad de El Trébol recibe en comodato bienes patrimoniales propiedad de aquélla; y
CONSIDERANDO:
Que los términos del convenio refieren a la provisión de bienes patrimoniales por parte de la Dirección Provincial de Vialidad, que el Municipio destinará a la ejecución de trabajos públicos;
Que a los fines de garantizar su cumplimiento, corresponde autorizar a dicha repartición a afectar los fondos de coparticipación que le correspondan al Municipio;
Que evaluados los beneficios que la formalización del convenio brindará a todos los habitantes de la zona mediante la ejecución de los trabajos a realizar, los Sres. Concejales prestan en forma unánime su conformidad a lo requerido;
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756, sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1°: Apruébase la concreción de un Convenio entre la Municipalidad de El Trébol y la Dirección Provincial de Vialidad, referido a la provisión de bienes patrimoniales por parte de este Organismo, para ser destinados a la ejecución de trabajos públicos.-
ARTICULO 2°: Facúltase al Sr. Intendente de la Municipalidad de El Trébol, C.P.N. Angel Mateo Rossi, L.E.N° 6.302.085, a suscribir el respectivo Convenio, como así también a realizar todos los actos necesarios para el cumplimiento del mismo.-
ARTICULO 3°: Apruébase la inversión que deberá realizar la Municipalidad, conforme a la Ley N° 2756.-
ARTICULO 4°: Autorízase a la Dirección Provincial de Vialidad para afectar los fondos de coparticipación que le corresponda a la Municipalidad de El Trébol, a fin de resarcirse de los perjuicios que le pudiere ocasionar el incumplimiento del Convenio.-
ARTICULO 5°: Comuníquese, Promúlguese, Publíquese y dése al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los catorce días del mes de Marzo del año dos mil.-