VISTO:
El acta de donación de fecha 20 de Setiembre de 1999 subscripta por Cecile María Mercedes Miles y Salazar o Miles, DNI N° 3.266.035, con domicilio en la zona rural de El Trébol, cediendo a favor de la Municipalidad de El Trébol una fracción de terreno campo designado como lote 2C, para destinar a prolongación del camino público aledaño de forma tal que permita el acceso a dos propiedades lindantes, según se explicita en la mensura respectiva realizada por el Agrimensor Rodolfo José Maurino; y
CONSIDERANDO:
Que la prolongación a efectuar no demandará al Municipio mayores esfuerzos para incorporarla a los trabajos de mantenimiento que efectúa en los caminos rurales del distrito;
Que de esta manera se dará solución definitiva a las dificultades de acceso que presentan los inmuebles del sector;
Que evaluados los beneficios que la donación propuesta brindará, los Sres. Concejales expresan en forma unánime su conformidad a lo ofrecido;
Por todo ello, el H. Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756, sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1°: Acéptase la donación efectuada por Cecile María Mercedes Miles y Salazar o Miles a favor de la Municipalidad de El Trébol, del lote identificado como 2C en el Plano de mensura practicado por el Agrimensor Rodolfo José Maurino, que se destinará a prolongación de camino público, no requiriendo este Municipio extender la traza del camino citado hasta la Ruta Provincial N° 40s.-
ARTICULO 2°: La mencionada fracción de terreno queda incorporada como Camino Público de este Municipio, y será sometida a los trabajos de conservación y mantenimiento que correspondan según su ubicación y necesidades.-
ARTICULO 3°: Comuníquese, Promúlguese, Publíquese y dése al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los siete días del mes de Octubre de mil novecientos noventa y nueve.-