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Plan Integral de Construcción de Pasillos y Miniveredas


ORDENANZA N° 384

VISTO:

           Que frecuentemente se suceden pedidos de vecinos de diversos sectores de la ciudad, solicitando la construcción de pasillos o miniveredas; y

CONSIDERANDO:

                        Que amplios sectores periféricos de nuestra ciudad no cuentan con calles pavimentadas y/o con veredas en condiciones apropiadas;

Que esta situación genera serios inconvenientes a los vecinos para su desplazamiento en días de lluvia o con posterioridad a ella;

Que se hace necesario efectuar un exhaustivo relevamiento, y en función de ello, una adecuada planificación de las construcciones futuras, tendiente a brindar solución en este aspecto, a vastos sectores de la población;

Que los Sres. Concejales, evaluando el Proyecto en Comisión, justifican la elaboración de un plan que permita un adecuado mantenimiento de las actuales construcciones, como asimismo la incorporación de nuevas obras donde se estimen necesarias;

Por todo ello, el H. Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756, sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1°:        Encomiéndase al Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Secretaría de Obras Públicas, la elaboración de un PLAN INTEGRAL DE CONSTRUCCION DE PASILLOS Y MINIVEREDAS, para lo cual se efectuará un relevamiento de sectores y posterior planificación de las acciones a llevar a cabo, y del tiempo previsto para las mismas.-

ARTICULO 2°:         A los efectos del relevamiento establecido en el Artículo 1°, se considerarán los siguientes sectores de la ciudad:

. Calle Viena hacia el Norte.-

. Calle Córdoba hacia el Sur.-

. Calle 25 de Mayo hacia el Este.-

. Calles Manuel Leiva y Mariano Moreno hacia el Oeste.-

ARTICULO 3°:        Copia del PLAN INTEGRAL DE CONSTRUCCION DE PASILLOS Y MINIVEREDAS será enviada al H. Concejo Municipal.-

ARTICULO 4°:        Las erogaciones derivadas de la aplicación del PLAN INTEGRAL DE CONSTRUCCION DE PASILLOS Y MINIVEREDAS se imputarán en el Presupuesto que corresponda a la Partida Trabajos Públicos.- 

ARTICULO 5°:         Comuníquese, Promúlguese, Publíquese y dése al Registro Municipal.-

Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los veintinueve días del mes de diciembre del año mil novecientos noventa y ocho.-