VISTO:
Que debe sancionarse el Presupuesto de Gastos del Honorable Concejo Municipal para el ejercicio Año 1999; y
CONSIDERANDO:
Que se ha efectuado un análisis detallado de los distintos rubros que importarán erogación para el funcionamiento del Cuerpo Deliberativo;
Que para tal análisis se tomó como referencia las previsiones de actividades para el año 1999, como asimismo la evolución de cada rubro, comparativamente con presupuestos de años anteriores;
Que se han comparado los montos presupuestados con los efectivamente ejecutados en presupuestos de años anteriores;
Que es necesario fijar una metodología permanente de transferencia de fondos desde el Departamento Ejecutivo hacia el Honorable Concejo Municipal, a efectos de garantizar el normal funcionamiento de este último;
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756 y su propio Reglamento Interno, sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1°: Fíjase en $. 130.300. – (CIENTO TREINTA MIL TRESCIENTOS PESOS) el Presupuesto General de Gastos del Honorable Concejo Municipal para el Ejercicio 1999, según el detalle que figura a continuación:
1.1 Dietas Concejales $. 47.000. –
1.2 Gastos de Representación $. 39.800. –
1.3 Personal Temporario $. 500. –
1.4 Servicios Extraordinarios $. 2.000. –
TOTAL $. 89.300. –
2 – BIENES Y SERVICIOS NO PERSONALES – BIENES DE CONSUMO
2.3 Papelería, impresos y art.escritorio $. 2.000. –
2.4 Artículos de Limpieza $. 300. –
2.5 Productos para refrigerio $. 1.500. –
2.6 Artículos de Electricidad $ 200. –
2.7 Otros Bienes de Consumo $. 2.000. –
TOTAL $. 6.000. –
3.1 Electricidad, Agua y Gas $. 1.000. –
3.2 Fletes y Comisiones $. 200. –
3.3 Comunicaciones y Franqueos $. 2.700. –
3.4 Honorarios y retribuciones a Terceros $. 2.100.-
3.5 Publicidad, Propaganda, Difusión y Prevenc $. 1.000. –
3.6 Comisiones, Sellados y Gtos.Banco $. 1.300. –
3.7 Conservaciones y Reparaciones $. 1.000. –
3.8 Alquileres $. 5.400. –
3.9 Otros Servicios no personales $. 3.000. –
3.9-1 Servicios de computación $. 800. –
TOTAL $. 18.500. –
4 – SUBSIDIOS Y BECAS $. 12.400. –
5 – EROGACIONES DE CAPITAL-BIENES DE CAPITAL
EQUIPAMIENTOS:
5.2 Otros equipamientos $. 1.500. –
5.3 Moblaje $. 1.000. –
5.4 Máquinas y equipos de oficina $. 800. –
5.5 Instalaciones Internas $ 300.-
5.6 Otras Inversiones $. 500.-
TOTAL $. 4.100.-
TOTAL GENERAL _ $. _ 130.300. –
ARTICULO 2°: A los efectos de lograr un adecuado manejo administrativo del Honorable Concejo Municipal, se establece que el envío de partidas que el Departamento Ejecutivo debe transferir para dar cumplimiento al presente Presupuesto, se dividirá de la siguiente manera: El Presupuesto total, menos la Dieta que corresponde a los Concejales, dividido por DOCE (12) se transferirá en DOS (2) cuotas, correspondiendo el 40% a la primera y el 60% a la segunda, los días 15 y 25 de cada mes respectivamente, o día hábil posterior, mediante cheque o depósito en cuenta N° 41087/5 del Banco de la Nación Argentina sucursal El Trébol.-
ARTICULO 3°: Cuatrimestralmente, y a solicitud del Departamento Ejecutivo, se podrá analizar la evolución de la transferencia de partidas dispuesta por el Artículo 2° de la presente Ordenanza, en función del ingreso efectivo de recursos a la Tesorería del Municipio, en concepto tributario y su relación e incidencia con lo presupuestado por este Honorable Concejo Municipal, a efectos de hacer los ajustes necesarios si correspondieran, mediante la sanción de la Ordenanza respectiva, sin modificar la metodología de transferencia de partidas establecida por el Artículo 2°. –
ARTICULO 4°: Oportunamente insértese el Presupuesto determinado en el Artículo 1° en el Presupuesto General de la Administración Municipal de El Trébol, para el corriente año.-
ARTICULO 5°: Comuníquese, Promúlguese, Publíquese y dése al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los quince días del mes de Diciembre del año mil novecientos noventa y ocho.-