VISTO:
El Proyecto de Ordenanza elevado por el Departamento Ejecutivo ante un pedido efectuado por la Escuela Técnica N° 343 de contar con un motor destinado para el aprendizaje del alumno; y
CONSIDERANDO:
Que atento a los informes requeridos, en la Maestranza Municipal existe un motor fuera de uso, marca Chevrolet, naftero, modelo 1940, que serviría a los fines mencionados;
Que adoptar esta actitud posibilita la educación de los jóvenes que asisten a la Escuela Técnica N° 343 en una forma de colaboración y apoyo, sin que ello signifique costo alguno, ya que como se expresara, el motor en cuestión se encuentra radiado del servicio;
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de el Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756 y su propio Reglamento Interno, sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1° : Dónase a la escuela técnica N° 343 de esta Ciudad, un motor en desuso marca Chevrolet, naftero, modelo Año 1940, N° RI 049877, para aprendizaje de los alumnos.-
ARTICULO 2° : Comuníquese, Promúlguese, Publíquese y dése al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los quince días del mes de junio del año mil novecientos ochenta y siete.-