VISTO:
La presentación realizada por los alumnos de la Escuela Nº 275 “Manuel Belgrano”, en la que se promocionara el desarrollo de un espacio destinado a la recreación de los niños, en la zona de influencia de esa Escuela, y en un predio adecuadamente forestado; y
CONSIDERANDO:
Que el Municipio cuenta con espacios que se pueden disponer para esos fines;
Que los niños del establecimiento educativo mencionado, junto a los padres y personal del mismo, colaborarían con el Municipio en la ejecución y mantenimiento del espacio;
Que se interpreta como una inquietud valorable y de interés general de la comunidad de la zona,
Que los Sres. Concejales han analizado el proyecto, invitando a participar de la reunión a alumnos, padres y docentes de la Escuela Nº 275 “Manuel Belgrano”, donde se renovó el compromiso por parte de los invitados, de colaborar en el cuidado, mantenimiento y vigilancia de la plaza a crear, conceptos que fueron valorados por el cuerpo Deliberante;
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Dispóngase la ejecución de una plaza pública, acorde con lo solicitado por los alumnos de la Escuela Nº 275 “Manuel Belgrano”, en un predio a definir que se adapte a los requerimientos del caso.-
ARTICULO 2º: De la iniciativa, el Departamento Ejecutivo Municipal efectuará el diseño de lugar, adecuando la forestación y los sectores destinados a los juegos y el descanso.-
ARTICULO 3º: Todos los sectores involucrados tendrán participación en la concreción del presente Proyecto.-
ARTICULO 4º: Comuníquese, Promúlguese, Publíquese y dése al registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los siete días del mes de julio del año mil novecientos noventa y ocho.-