VISTO:
Que el Honorable Concejo Municipal tiene en tratamiento el Proyecto de Ordenanza Tributaria y Presupuestaria Año 1986, que remitiese el Departamento Ejecutivo Municipal; y
CONSIDERANDO:
Que en el tratamiento del Proyecto de Ordenanza Tributaria para el año 1986, en comisión se ha analizado profundamente en lo que hace al aumento de las Tasas por servicios Públicos, Título II – Capítulo I – Tasa General de Inmuebles – Artículo 5 – Parámetros y Precios; determinando diversos criterios sustentados en cuanto al porcentaje de aumento estipulado, debido al desfazaje producido dentro de una realidad, se ha buscado una base de criterio razonable tendiente evitar mayor erogación a los contribuyentes;
Que dado lo avanzado del año, se hace necesario disponer normas tendientes a posibilitar el normal desarrollo en cuanto a la aplicación de valores que determina en las Tasas por servicios Públicos, dando por ende la aprobación de un porcentaje sin que incida de manera superlativa en las erogaciones de los contribuyentes;
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de El Trébol en uso de las facultades que le confiere la Ley de Municipalidades N° 2756 y su propio Reglamento Interno, sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1° : Autorízase al Departamento ejecutivo Municipal a aplicar un aumento en las Tasas por servicios Públicos en el Dieciocho por ciento (18%) a partir del mes de Octubre, con un reajuste mensual del cinco por ciento (5%) en el mes de diciembre de 1986.-
ARTICULO 2° : Procédase a la devolución de los Proyectos de Ordenanza Tributaria y Presupuestaria Año 1986 al Departamento ejecutivo Municipal para que realice las modificaciones que surgen por aplicación de la presente Ordenanza.-
ARTICULO 3° : Comuníquese, Promúlguese, Publíquese y dése al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de el Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los quince días del mes de Setiembre del año mil novecientos ochenta y seis.-