VISTO:
El Proyecto de Ordenanza remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal, a los fines de la creación de la Comisión Asesora Municipal de Instituciones para la rehabilitación del discapacitado; y
CONSIDERANDO:
Que la experiencia adquirida a través de estos encuentros, demuestra la ventaja de tratar la problemática de las personas con discapacidades, y la solución a la misma, contando con la activa participación de las Instituciones que las nuclean y se ocupan del tema;
Que sólo a través del accionar mancomunado podrá lograrse la plena integración de las personas con capacidades diferentes, a la vida comunitaria;
Que las Instituciones abocadas a la rehabilitación del discapacitado, poseen las vivencias y conocimientos necesarios como para asesorar al gobierno Municipal en las acciones a desarrollar en esta área;
Que los Concejales han analizado detenidamente el Proyecto, conducente a posibilitar un accionar mancomunado a una colaboración mutua, hacia y por el discapacitado, entendiendo debe darse el más amplio apoyo a esta iniciativa;
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley N° 2756 y su propio Reglamento Interno, sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1° : Créase la Comisión Asesora Municipal de Instituciones para la rehabilitación de Discapacitados, la que tendrá por función asesorar al Departamento Ejecutivo Municipal en la problemática de las personas con discapacidades, procurando la concreción de proyectos elaborados por las áreas de competencia.-
ARTICULO 2° : La Comisión Asesora Municipal de Instituciones para la Rehabilitación de Discapacitados, estará integrada por un representante y un discapacitado – o familiar directo del mismo en caso de discapacidad severa – de cada Institución de Protección al Discapacitado, que por su regularidad, su constitución y funcionamiento, así como sus fines y actividades que desarrolla, demuestran la necesaria idoneidad y seriedad que amerita la misión de referencia.-
ARTICULO 3° : La Comisión Asesora Municipal de Instituciones para la Rehabilitación de Discapacitados, dictará su Reglamento Interno, pudiendo prever en el mismo, la conformación de una Comisión Ejecutiva, que estará sujeta a la aprobación del Departamento Ejecutivo Municipal al cual brindará asesoramiento.-
ARTICULO 4° : Comuníquese, Promúlguese, Publíquese y dése al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los veintinueve días del mes de diciembre del año mil novecientos noventa y cuatro.-