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Reemplazo en el Art. 16 – Ord. Nº 1993 la expresión 20 % por 15 %


ORDENANZA N° 226

VISTO:

Que por Ley N° 11.123 se ha dispuesto reducir del 20% al 15% el porcentaje que los contribuyentes del DERECHO DE REGISTRO E INSPECCION pueden deducir del pago del impuesto sobre los ingresos brutos, desde el mes de enero de 1994; y

CONSIDERANDO:

Que si bien es facultad del municipio mantener como alícuota del derecho municipal la que fija el Art. l6° de la Ordenanza Tributaria N° 207, con la finalidad de no gravar más a los contribuyentes, este Departamento Ejecutivo entiende procedente reducir tales alícuotas al 15% de las que se encuentran vigentes para el pago del impuesto provincial;

Que los Señores Concejales han analizado detenidamente el Proyecto remitido, dentro de las normativas dictadas por la Ley respectiva;

Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756 y su propio Reglamento Interno, sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO  1°:         Reemplázase en el Artículo 16° de la Ordenanza Tributaria vigente, la expresión “ 20% por 15%”.-

ARTICULO 2°:        La presente Ordenanza será de aplicación, conforme lo normado por la Ley N° 11.123, a partir del 1° de Enero de 1994.-

ARTICULO 3°:        Comuníquese, Promúlguese, Publíquese y dése al Registro Municipal.-

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los veintiún días del mes de abril del año mil novecientos noventa y cuatro.-