VISTO:
El Proyecto de Ordenanza remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal, tendiente la necesidad de contar con el instrumento legal que permita llevar a cabo el llamado a Licitación Pública de la Obra de “Gas Natural” de la que oportunamente se abriera el registro de oposición; y
CONSIDERANDO:
Que el mencionado registro contó con un número de 16 opositores a la obra; número que significa un porcentaje inferior al establecido en la Ordenanza N° 220/93;
Que las demás localidades ya cuentan con la aprobación del “Pliego de Condiciones” establecido en forma común con los otros municipios y comunas que conforman el ente Regional, y que ello obliga a nuestro municipio a decidir sobre el tema;
Que los Señores Concejales han analizado detenidamente los distintos aspectos que hacen al mencionado “Pliego de Condiciones”, dando conocer sus criterios en cuanto a interpretación de artículos que lo conforman en su aplicación;
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de El trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756 y su propio Reglamento Interno, sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1° : Apruébase el “ Pliego de Bases y Condiciones para la Obra de gas Natural” que oportunamente elevara a este Organismo el Departamento ejecutivo Municipal, liberando de esta forma los mecanismos que permitan avanzar sobre la concreción del Proyecto en cuestión junto con las demás localidades integrantes de tan trascendental Proyecto.-
ARTICULO 2°: Comuníquese, Promúlguese, Publíquese y dése al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa fe, a los tres días del mes de febrero del año mil novecientos noventa y cuatro.-