VISTO:
El Proyecto de Ordenanza remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal haciendo alusión a la Ordenanza N° 15 de fecha 17-06-1986, reglamentaria del régimen de Compras; y
CONSIDERANDO:
Que por el Artículo 1° de dicha medida, se fijan los topes para compras, concursos de precios y por licitación pública;
Que los montos que surgen de dicho artículo, pueden ser modificados para una mayor agilidad a las compras y contrataciones que realice el municipio, en concordancia con la facultad acordada por la Ley N° 10734, sancionada el 29 de noviembre de 1991, por la que se determina que por Ordenanza pueden establecerse límites de contratación alternativos a los dispuestos en el Artículo 10° de la Ley N° 2756;
Que en Comisión, se analizó debidamente el Proyecto remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal, determinando en este caso la modificación de los montos, acorde a valores reales que hacen a la situación actual y dentro de normas preestablecidas en la Ordenanza N° 15/86;
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756 y su propio Reglamento Interno, sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1° : Modifícase el párrafo segundo del Artículo 1° de la ORDENANZA N° 15/86, el que queda redactado de la siguiente manera: “Los montos topes para los ítems a) y b) serán los siguientes: Para compras directas hasta la cantidad de Pesos Dos mil quinientos ($. 2.500.-), para Concurso de precios de Pesos Dos mil quinientos ($. 2.500.-) hasta pesos Cinco mil ($. 5.000.-); lo que supere el monto de pesos Cinco Mil ($. 5.000.-) se realizará mediante el llamado a Licitación Pública”.-
ARTICULO 2°: Comuníquese, Promúlguese, Publíquese y dése al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los veintiocho días del mes de diciembre del año mil novecientos noventa y tres.-