VISTO:
El Proyecto de Ordenanza remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal, haciendo alusión a lo dispuesto en la Ordenanza N° 182 por la que se regula un sistema de pago para los trabajos de nuevas iluminaciones con columnas y artefactos usados; y
CONSIDERANDO:
Que la pavimentación urbana avanza impulsando los trabajos de iluminación como complemento de la Obra mencionada, posibilitando el justo desarrollo del área, incorporando con ella el sector a una nueva categoría municipal, de tal forma que reubique los inmuebles a los servicios que se prestan;
Que la Comisión ha analizado detenidamente el Proyecto, entendiendo viable lo expuesto, y en general produjo Despacho Favorable;
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756 y su propio Reglamento Interno, sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1°.- Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a cobrar los trabajos de reiluminación nueva, que se originan como lógico desarrollo de los barrios, que se producen en la cumplimentación de los pedidos de pavimento.-
ARTICULO 2°.- El sistema de liquidación e importes será idéntico al expresado en la Ordenanza N° 182; debiendo adecuarse los mismos a partir del momento en que se modifiquen los valores de los elementos utilizados en la Obra.-
ARTICULO 3°.- Promúlguese, Comuníquese, Publíquese y dése al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los veintiún días del mes de octubre el año mil novecientos noventa tres.-
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