VISTO:
El Proyecto de Ordenanza remitido por el Departamento ejecutivo Municipal referente a la creación de un Museo, para que rescate, conserve y estudie nuestro pasado; eduque y deleite a través del acervo que contenga; y
CONSIDERANDO:
Que es una aspiración de la Comunidad de El Trébol y de sus instituciones, plasmada últimamente con la creación de una comisión Ad-Hoc en la Fundación “Ciudad de El Trébol”, tratar de mantener y acrisolar los valores de sus antepasados, que dieron origen al progreso económico y social de nuestras poblaciones, siendo obligación ineludible de las autoridades bregar al logro de estos anhelados propósitos;
Que el Concejo Municipal ha estudiado detenidamente la inquietud manifestada, determinando viable la iniciativa, consubstanciada con los nobles valores para nuestra juventud y generaciones venideras, y por ende a la población toda;
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756 y su propio Reglamento Interno, sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1° : Créase en este Distrito, dependiente de esta Municipalidad, el “MUSEO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE EL TREBOL”.-
ARTICULO 2° : Los gastos que demande su creación y posterior funcionamiento, serán imputados a la partida Rentas Generales Sección 1 EROGACIONES CORRIENTES – Sector 03. Transferencias – Partida Principal 05. Fondo Municipal de Cultura, del Presupuesto de gastos vigente.-
ARTICULO 3° : Comuníquese, Promúlguese, Publíquese y dése al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de El trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los diez días del mes de Junio del año mil novecientos noventa y tres.-