VISTO:
Lo intenso y peligroso del tránsito en varias arterias de nuestra ciudad, donde en varias oportunidades se produjeron accidentes que pusieron en peligro la vida de conductores y personas que ocasionalmente estaban en las proximidades; y
CONSIDERANDO:
Que se hace necesario ordenar y moderar la circulación vehicular para la seguridad que la población requiere, haciendo necesario la colocación de semáforos en algunos lugares claves de la ciudad;
Que la comisión analizó debidamente el Proyecto, y hechas las verificaciones oculares donde es viable la colocación de semáforos estima necesario la colocación de los mismos, determinando así un ordenamiento del tránsito en cuanto a la velocidad;
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de El Trébol, en uso de las facultades que le confiere la Ley de Municipalidades N° 2756 y su propio Reglamento Interno, sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1° : Instalar semáforos en las esquinas de Bv. América y Chubut; Bv. Victoria y Belgrano y Bv. Victoria y Balcarce dentro de los 90 días de promulgada la presente. Construir un “lomo de burro” sobre Bv. Victoria intersección calle Mariano Moreno.-
ARTICULO 2° : Solicítase al Departamento Ejecutivo efectúe a través del área correspondiente un estudio y planificación para futuras instalaciones de semáforos donde las exigencias y necesidades lo requieran.
ARTICULO 3° : Colocar carteles indicadores de velocidad máxima 40 kms. En los accesos: Seguí; Bv. Victoria; Viena y Santa Fe a lo largo de dichos accesos en lugares visibles, con inscripción de ambos lados e intercalados en ambas manos.-
ARTICULO 4° : Atento lo requerido en el Artículo 2°, remitir e informar a este Concejo sobre el estudio esté efectuado.-
ARTICULO 5° : Comuníquese, Promúlguese, Publíquese y dése al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los trece días del mes de noviembre del año mil novecientos noventa y uno.-