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Exclusión de Ord. 117 / 90 Lotes 2 y 3 – Manzana 75.00


ORDENANZA Nº 123

VISTO:

          La nota recibida del Departamento ejecutivo Municipal, por la que solicita se revoque lo dispuesto por la Ordenanza Nº 117/90 de fecha 26-03-90 en lo referente a los Lotes Nº 2 y 3 de la Manzana Nº 75 – Plano oficial de El Trébol, Partida Nº 172458 – Mensura Nº 111659/87, ubicados entre las calles Entre Ríos, Rosendo Fraga, Córdoba y J. Breüning, cedidos para la construcción de un grupo habitacional FONAVI, Plan de viviendas UNE, al S.A.M.Co., en su carácter de entidad intermedia; y

CONSIDERANDO:

                        Que la Ordenanza Nº 117/90 otorga un plazo de 180 días, contados a partir de la fecha de su sanción, para el comienzo de la ejecución del plan para el que fueron cedidos los inmuebles;

Que la petición efectuada se fundamenta en la necesidad de poder disponer en forma inmediata de los mismos;

Que el Concejo Municipal entiende que el requerimiento es de interés Municipal;

Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756 y su propio Reglamento Interno, sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º:        Revócase la cesión y por lo tanto exclúyese de la Ordenanza Nº 117/90, los Lotes 2 y 3 de la Manzana Nº 75, Plano Oficial, Partida Nº 172458 – Plano de Mensura Nº 111659/87 ubicado entre las calles Entre Ríos, Rosendo Fraga, Córdoba y Breüning.-

ARTICULO 2º:         Comuníquese, Promúlguese, Publíquese y dése al Registro Municipal.-

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de El Trébol, departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los veintiún días del mes de mayo del año mil novecientos noventa.-