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Adhesión Ley Nº 26348 – «Programa PRO.NA.COM»


ORDENANZA Nº 1.145

VISTO:

                

El Programa Nacional de Descontaminación, Compactación y Disposición final de Vehículos y Chatarra (PRO.NA.COM), implementado por Ley Nº 26.348; y

CONSIDERANDO:

        

Que existe una gran cantidad de vehículos (principalmente motocicletas) en las Dependencia Municipales;

Que con relación a muchos de los rodados secuestrados, no se ha presentado persona alguna a retirarlos y/o acreditar derechos sobre los mismos;

Que la mayoría de éstos vehículos, por las condiciones en que se encuentran, representan un peligro para el medioambiente y la salud por resultar posibles focos de contaminación, por lo cuál se ha planteado una situación de emergencia que amerita una pronta solución y además, la preservación de los vehículos conlleva a la  ocupación de espacios físicos imprescindibles para el Municipio;

Que la Ley Nº 26.348 contempla la situación planteada en su Artículo 1º, en el cual enuncia “Los automotores abandonados, perdidos, decomisados o particulares, en virtud de lo establecido en el Artículo 2342 del Código Civil, deberán ser descontaminados y compactados en forma previa a su disposición en calidad de chatarra;

Que el depósito de esta clase de rodados implica la erogación de recursos económicos y humanos para el Municipio, en este caso, servicios de fumigación, vigilancia y otros;

Que a los efectos de tomar una decisión a esta problemática, habrá que tener en cuenta, en relación a los vehículos de referencia, que los mismos contienen alguna sustancia que podrían resultar contaminantes (tales como líquidos de frenos, baterías, nafta, aceites, entre otros;

Que los Sres. Concejales, coincidiendo con los argumentos expuestos, expresan en forma unánime su conformidad a la propuesta;

Por todo ello, el H. Concejo Municipal de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1º: La Municipalidad de El Trébol se adhiere en todos sus términos al programa de Descontaminación, Compactación y Disposición final de Vehículos y Chatarra (PRO.NA.COM) implementado por Ley Nº 26.348.-

ARTÍCULO 2º:        Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a publicar edictos en los diarios de circulación local y en el Boletín Oficial durante un día, intimando por  el plazo de 15 días para que los titulares de los vehículos que se encuentren en dependencias municipales se presenten ante el Juzgado de Faltas de nuestra ciudad, con documentación fehaciente que acredite derechos sobre los mismos para poder retirarlos. Cumplido el plazo dispuesto en el párrafo anterior, sin que se haya acreditado derecho sobre los bienes, el Departamento Ejecutivo Municipal queda  autorizado a incorporarlos al patrimonio municipal y someterlos al proceso de descontaminación, compactación y disposición final en el marco del programa Nacional de Compactación (PRO.NA.COM), llevado adelante por la Dirección de Fiscalización de Desarmaderos y Autopartes del Ministerio de Seguridad de la Nación.

ARTÍCULO 3º:        Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a firmar convenios y/o gestiones pertinentes para la Implementación  del PRO.NA.COM.

ARTÍCULO 4º:        Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a someter al procedimiento de Descontaminación, Compactación y Disposición final de Vehículos y Chatarra (PRO.NA.COM)  a los vehículos secuestrados en las dependencia municipales.-

ARTÍCULO 5º:         Comuníquese, promúlguese, publíquese y dese al Registro Municipal.-

Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los veintitrés días del mes de marzo del año dos mil diecisiete.-