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Aprobación de pliegos dem. Cons. derecho de explotación Playa de estacionamiento camiones


ORDENANZA Nº 1.116

VISTO:

           La  Ordenanza Nº 1034/14 que aprobó el pliego de Bases y Condiciones para la concesión del Derecho de Explotación de la Playa de Camiones ubicada en calle 9 de julio y Av. Independencia de nuestra ciudad, el Decreto Nº 5/2016 de convocatoria a Concurso de Ofertas para la concesión del mismo y el Decreto 31/2016 por el que se pre-adjudicó la concesión al Sr. Martín Manuel Díaz, DNI 27.321.168; y

CONSIDERANDO:

Que la Ordenanza Nº 633 de fecha 03.08.2006 dispuso destinar el predio ubicado sobre calle 9 de julio y Av. Independencia de nuestra ciudad, como Playa de Estacionamiento permanente y exclusiva para camiones y acopados, con el objeto de evitar que estos vehículos y otros de gran porte ocupen la vía pública, por los riesgos que implica para las personas;

Que en la norma antes citada se establecía el cobro de un canon diferencial para el uso de las instalaciones, conforme así se trate de unidades radicadas en nuestra ciudad o provengan de otras localidades para ejercer trabajos temporarios, especialmente en época de cosecha;

Que en el Pliego de Bases y Condiciones, el oferente, a solicitud de este Cuerpo legislativo, debía presentar un plan tarifario con los costos estimativos de estacionamiento interno para camiones, camiones y acoplados, acoplados y otras herramientas y/o maquinaria pesada;

Que el Departamento Ejecutivo Municipal pre-adjudicó la concesión al Sr. Martín Manuel Díaz, DNI 27.321.168, por un plazo de 5 (cinco) años, según plan tarifario fijado en litros de gas oil,  que presentó conjuntamente con su oferta y que luego fue actualizado en el marco del tratamiento otorgado por este Cuerpo legislativo, a quien le corresponde aprobarlo para que se le pueda otorgar la adjudicación definitiva;

Que en el marco del tratamiento de Comisión otorgado al proyecto, desde este ámbito se citó al pre-adjudicatario para analizar la cuestión económica de la concesión y tomando conocimiento que a su criterio no podría cumplir con las obligaciones a su cargo con la recaudación proyectada con los valores propuestos y corroborado por nuestra parte las dificultades que le podría causar, siendo el Sr. Martín Díaz el único oferente que se presentó para hacerse cargo del servicio y con el objeto de ampliar las posibilidades de éxito del funcionamiento de la playa, se le posibilitó actualizar los valores;

Que los Sres. Concejales, coincidiendo en que se le ha brindado a  este tema el tratamiento debido y que el Sr. Díaz entiende que los nuevos valores le permitirán afrontar este emprendimiento, expresan en forma unánime su conformidad al nuevo Cuadro Tarifario propuesto;

Por todo ello, el H. Concejo Municipal de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1º: Derógase la Ordenanza Nº 1.048 de fecha 30.12.2014.-

ARTÍCULO 2º: Apruébase el Plan Tarifario propuesto por el pre-adjudicatario del Derecho de Explotación de la Playa de Estacionamiento de Camiones Municipal, ubicada sobre calles 9 de Julio y Av. Independencia de nuestra ciudad, Sr. Martín Manuel Díaz, DNI 27.321.168,conforme al siguiente detalle:

  1. VEHÍCULOS DE RADICACIÓN LOCAL:

Camiones con Acoplado:

  • Por Día: Seis (6) litros de gas oil, precio promedio estaciones de Servicios locales;
  • Por Mes: cincuenta (50) litros de gas oil, precio promedio estaciones de Servicios locales;

Chasis o acoplados solos:

  • Por Día: cuatro (4) litros de gas oil, precio promedio estaciones de Servicios locales;
  • Por Mes: treinta (30) litros de gas oil, precio promedio estaciones de Servicios locales;

Herramientas y maquinaria pesada:

  • Por Mes: dos (2) litros de gas oil, precio promedio estaciones de Servicios locales; por m2 de ocupación.-
  1. VEHÍCULOS CON RADICACIÓN EXTERNA:

         Camiones con Acoplado: (64 m2)

  • Por Día: ocho (8) litros de gas oil, precio promedio estaciones de Servicios locales;
  • Por Mes: sesenta (60) litros de gas oil, precio promedio estaciones de Servicios locales;

Chasis o acoplados solos:

  • Por Día: seis (6) litros de gas oil, precio promedio estaciones de Servicios locales;
  • Por Mes: sesenta (60) litros de gas oil, precio promedio estaciones de Servicios locales;

Herramientas y maquinaria pesada:

  • Por Mes: tres (3) litros de gas oil, precio promedio estaciones de Servicios locales; por m2 de ocupación.-

ARTÍCULO 3º: Comuníquese, promúlguese, publíquese y dese al Registro Municipal.-

Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los veintitrés días del mes de junio del año dos mil dieciséis.-