VISTO:
Los casos de violencia de género que vive nuestra sociedad, de los cuales El Trébol no escapa y la necesidad de impulsar un cambio de mirada y la toma de conciencia de parte del Estado y de la comunidad toda; y
CONSIDERANDO:
Que fue promulgada la Ley 26485, la cual establece el Plan Nacional de Acción para la Prevención, Asistencia y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres;
Que a pesar de no haber estadísticas oficiales, existen organizaciones no gubernamentales que se encargan de recopilar datos sobre hechos de violencia de género en nuestro país y por esto podemos conocer que entre 2008 y 2014 se registraron 1.808 femicidios; en nuestro país una mujer es asesinada cada aproximadamente 30 hs; en estos siete años, 2.196 hijas e hijos fueron víctimas colaterales, quedando sin madre y 1.403 de ellos son menores de edad;
Que a nivel nacional en el día 03 de junio de 2015 se ha generado una movilización a fin de instalar el debate en torno al tema, desnaturalizar situaciones de violencia y maltrato vividos como normales hasta ahora por nuestra sociedad y fomentar acciones y políticas concretas desde los ámbitos gubernamentales y representativos que den respuesta a esta problemática;
Que es necesario que esta convocatoria no quede como un hecho histórico pero aislado, sino que tenga continuidad en el tiempo, a fin de promover una nueva mentalidad, una nueva cultura, una nueva conciencia social;
Que los Sres. Concejales, coincidiendo con lo expuesto, expresan en forma unánime su conformidad a la propuesta
Por todo ello, el H. Concejo Municipal de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: Declárase de Interés Municipal la lucha contra la Violencia de Género y el Femicidio.-
ARTÍCULO 2º: Propóngase en nuestra ciudad el 3 de Junio, como “Día local de la consigna Por Ni Una Menos”. En caso de resolverse a nivel nacional o provincial otra fecha conmemorativa, se complementarán las acciones a desarrollar.-
ARTÍCULO 3º: A fin de favorecer la pluralidad en la organización de la jornada se incluirá, por lo menos, una mujer representante de cada institución de nuestra ciudad.-
ARTÍCULO 4º: En materia de concientización, enfatizar la realización de acciones de este tipo durante todo el año y principalmente en la semana previa a la conmemoración de dicho día.-
ARTÍCULO 5º: Establécese el Concejo Municipal como el encargado de desarrollar las actividades necesarias para llevar a cabo dicho jornada.-
ARTÍCULO 6º: Comuníquese, promúlguese, publíquese y dése al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los veintiséis días del mes de mayo del año dos mil dieciséis.-