VISTO:
El Pliego de Bases y Condiciones correspondiente al Concurso de Ofertas Nº 15/2014, elaborado por el Departamento Ejecutivo Municipal para la Concesión del Derecho de Explotación de la Playa de Camiones Municipal ubicada sobre calle 9 de julio y Av. Independencia de nuestra ciudad y el Complemento de éste, aprobado a través de Ordenanza Nº 1.034 de fecha 23.09.2014; y
CONSIDERANDO:
Que por Ordenanza Nº 633 de fecha 03.08.2006 se dispuso destinar el predio ubicado sobre calle 9 de julio y Av. Independencia de nuestra ciudad, como Playa de Estacionamiento permanente y exclusiva para camiones y acoplados, con el objeto de evitar que estos vehículos y otros de gran porte ocupen la vía pública, por los riesgos que ello implica para las personas;
Que en la norma antes citada se establecía el cobro de un canon diferencial para el uso de las instalaciones, conforme a si se trata de unidades radicadas en nuestra ciudad o provienen de otras localidades para ejercer trabajos temporarios, especialmente en época de cosecha;
Que en el Pliego Complementario que a solicitud de este Cuerpo legislativo se anexó a la documentación presentada por el Departamento Ejecutivo Municipal, entre otros puntos se indicó como Artículo 9º, Costos, que el adjudicatario debía presentar un Plan Tarifario con los costos estimativos de estacionamiento interno para camiones, camiones y acoplados, acoplados u otras herramientas y/o maquinaria pesada;
Que el Departamento Ejecutivo Municipal informó que se presentó una única oferta, de parte de la Cooperativa de Provisión de Servicios de Transporte a quien le fue adjudicada la explotación, la que elaboró un Plan Tarifario fijado en litros de gas oil que fue enviado a este ámbito para su aprobación, estableciendo un costo por día y por mes y de acuerdo a si se trata de vehículos locales o foráneos;
Que en trabajo de Comisión, los Sres. Concejales evaluaron la propuesta y entendiendo que los valores propuestos resultan coherentes para el servicio que se brinda, expresan en forma unánime su conformidad a la propuesta;
Por todo ello, el H. Concejo Municipal de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: Apruébase el Plan Tarifario propuesto por la adjudicataria del Derecho de Explotación de la Playa de Estacionamiento de Camiones Municipal, ubicada sobre calles 9 de Julio y Av. Independencia de nuestra ciudad, conforme al siguiente detalle:
ARTÍCULO 2º: Comuníquese, promúlguese, publíquese y dese al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los treinta días del mes de diciembre del año dos mil catorce.-