VISTO:
La Ley Nº 12.385, sus modificatorias y decretos reglamentarios; y
CONSIDERANDO:
Que en Sesión de fecha 11 de diciembre de 2014, la H. Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe dio sanción definitiva a la norma que autoriza para el año en curso, la afectación de hasta el 25% (veinticinco por ciento) del destino de los recursos provistos por el Fondo para la Construcción de Obras y Adquisición de Equipamientos y Rodados, creado por la Ley 12.385, para ser aplicados a Gastos Corrientes;
Que se considera oportuno solicitar los beneficios que concede la citada ley, sus modificatorias y reglamentaciones;
Que los Sres. Concejales, coincidiendo con lo expuesto, expresan en forma unánime su conformidad a la propuesta;
Por todo ello, el H. Concejo Municipal de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: Solicítase a la Secretaría de Regiones, Municipios y Comunas del Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe, se asigne a la Municipalidad de la ciudad de El Trébol el importe de $. 317.742,00 (pesos trescientos diecisiete mil setecientos cuarenta y dos), suma que no excede del 25% de los fondos que en virtud de la Ley 12.385 le corresponden a esta administración, para ser afectados a Gastos Corrientes, en el marco de la citada ley, sus modificatorias y reglamentaciones.-
ARTÍCULO 2º: Comuníquese, promúlguese, publíquese y dese al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, provincia de Santa Fe, a los veintitrés días del mes de diciembre del año dos mil catorce.-