VISTO:
La existencia de una fracción de terreno ubicada en el Distrito El Trébol, perteneciente al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe, cuyos datos catastrales son los siguientes: Partida Impuesto Inmobiliario 12-15-00 173237/0000; superficie terreno 10.000 m2; dominio Tº 219 P; Fº 768; Nº 75426, Departamento San Martín; y
CONSIDERANDO:
Que dicha fracción de terreno se encuentra aproximadamente a 10 kilómetros de la zona urbana del Distrito;
Que por su ubicación y características, se trata de un terreno apropiado para brindar solución parcial a la problemática de la disposición de los residuos sólidos urbanos, como asimismo para afectar a los fines establecidos por la Ordenanza Nº 976;
Que originalmente, el predio en cuestión pertenecía al Gobierno Nacional – Ministerio de Educación – pero luego fue transferido a la provincia, verificándose que nunca se le dio un uso particular por ninguno de estos niveles del Estado, encontrándose en la actualidad sin ocupación especifica;
Que, en consecuencia, están dadas las condiciones para solicitar su transferencia al Municipio;
Que los Sres. Concejales, coincidiendo con los argumentos expuestos, expresan en forma unánime su conformidad a la propuesta;
Por todo ello, el H. Concejo Municipal de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades, sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: Facúltese al Intendente Municipal Sr. Fernando Almada – DNI Nº 16.200.798 – a realizar todas las gestiones y trámites administrativos que corresponda ante el Superior Gobierno de la Provincia, tendientes a lograr la cesión de una fracción de terreno cuyos datos catastrales son los siguientes: Partida Impuesto Inmobiliario 12-15-00 173237/0000; superficie terreno 10.000 m2; dominio Tº 219 P; Fº 768; Nº 75426, Departamento San Martín.-
ARTÍCULO 2°: El terreno indicado será destinado parcialmente para el proceso de disposición final de residuos y/o a los fines establecidos en el Artículo 1º y en el último párrafo del Artículo 7º de la Ordenanza Nº 976, según resulte oportuno.-ARTÍCULO 2º: DEROGADO POR ORDENANZA Nº1.308 (29/12/2020)
ARTÍCULO 3º: Comuníquese, regístrese y archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de la ciudad de El trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los seis días del mes de noviembre del año dos mil catorce.-